SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4891)
SOCIEDAD DE BIENES DE EQUIPO LIGERO CONSTRUCCION Y ASESORAMIENTO, S.A
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 153
Viernes 9 de agosto de 2024
Pág. 6057
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL
4891
SOCIEDAD DE BIENES DE EQUIPO LIGERO CONSTRUCCION Y
ASESORAMIENTO, S.A
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de
Capital, se hace público que, en fecha 5 de agosto de 2024, la Junta General
Ordinaria de SOCIEDAD DE BIENES DE EQUIPO LIGERO CONSTRUCCION Y
ASESORAMIENTO, S.A. (la Sociedad) adoptó con el voto favorable de todos los
accionistas presentes que representaban el noventa y nueve con veinticuatro por
ciento (99,24%) del capital social de la Sociedad, el acuerdo de reducir el capital
social de la Sociedad mediante la amortización de tres mil trescientas veintisiete
(3.327) acciones de la Sociedad, de treinta euros con seis céntimos de euro
(30,06.-€) de valor nominal cada una de ellas, nominativas, todas ellas de la misma
clase y serie, numeradas correlativamente de la 1.201 a la 2.000 y de la 5.792 a la
8.318, todas ellas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas y libres de todo
tipo de carga o gravamen, con la finalidad de devolución del valor de las
aportaciones.
La reducción comporta la devolución de aportaciones a los titulares de las
acciones reducidas por importe total de doscientos veinticinco mil novecientos un
euros con cincuenta y cinco céntimos de euro (225.901,55.-€).
Como consecuencia del acuerdo de reducción de capital se procedió a la
modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales de la Sociedad, en virtud del
cual, el capital social se fija en tres millones setenta y dos mil once euros con
setenta y seis céntimos (3.072.011,76.-€), representado y dividido en ciento dos mil
ciento noventa y seis (102.196) acciones nominativas, de treinta euros con seis
céntimos (30,06.-€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas
correlativamente de la 1 a la 102.196, ambas inclusive.
Dado que el acuerdo de reducción con devolución del valor de las aportaciones
adoptado no afecta por igual a todas las acciones de la Sociedad y para la tutela
colectiva de los derechos de los titulares de clases de acciones, el acuerdo de
reducción de capital ha sido también aprobado mediante acuerdos separados por
parte de los accionistas afectados y los no afectados por la reducción de capital
conforme a las exigencias y mayorías de la Ley de Sociedades de Capital.
La reducción se ejecutará una vez transcurrido el plazo de oposición de los
acreedores, es decir, conforme a los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades
de Capital, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha del último anuncio del
acuerdo de reducción.
Aduna, 6 de agosto de 2024.- Administrador Único, Ainhoa Ordozgoiti Goñi.
cve: BORME-C-2024-4891
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036688-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 153
Viernes 9 de agosto de 2024
Pág. 6057
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL
4891
SOCIEDAD DE BIENES DE EQUIPO LIGERO CONSTRUCCION Y
ASESORAMIENTO, S.A
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de
Capital, se hace público que, en fecha 5 de agosto de 2024, la Junta General
Ordinaria de SOCIEDAD DE BIENES DE EQUIPO LIGERO CONSTRUCCION Y
ASESORAMIENTO, S.A. (la Sociedad) adoptó con el voto favorable de todos los
accionistas presentes que representaban el noventa y nueve con veinticuatro por
ciento (99,24%) del capital social de la Sociedad, el acuerdo de reducir el capital
social de la Sociedad mediante la amortización de tres mil trescientas veintisiete
(3.327) acciones de la Sociedad, de treinta euros con seis céntimos de euro
(30,06.-€) de valor nominal cada una de ellas, nominativas, todas ellas de la misma
clase y serie, numeradas correlativamente de la 1.201 a la 2.000 y de la 5.792 a la
8.318, todas ellas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas y libres de todo
tipo de carga o gravamen, con la finalidad de devolución del valor de las
aportaciones.
La reducción comporta la devolución de aportaciones a los titulares de las
acciones reducidas por importe total de doscientos veinticinco mil novecientos un
euros con cincuenta y cinco céntimos de euro (225.901,55.-€).
Como consecuencia del acuerdo de reducción de capital se procedió a la
modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales de la Sociedad, en virtud del
cual, el capital social se fija en tres millones setenta y dos mil once euros con
setenta y seis céntimos (3.072.011,76.-€), representado y dividido en ciento dos mil
ciento noventa y seis (102.196) acciones nominativas, de treinta euros con seis
céntimos (30,06.-€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas
correlativamente de la 1 a la 102.196, ambas inclusive.
Dado que el acuerdo de reducción con devolución del valor de las aportaciones
adoptado no afecta por igual a todas las acciones de la Sociedad y para la tutela
colectiva de los derechos de los titulares de clases de acciones, el acuerdo de
reducción de capital ha sido también aprobado mediante acuerdos separados por
parte de los accionistas afectados y los no afectados por la reducción de capital
conforme a las exigencias y mayorías de la Ley de Sociedades de Capital.
La reducción se ejecutará una vez transcurrido el plazo de oposición de los
acreedores, es decir, conforme a los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades
de Capital, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha del último anuncio del
acuerdo de reducción.
Aduna, 6 de agosto de 2024.- Administrador Único, Ainhoa Ordozgoiti Goñi.
cve: BORME-C-2024-4891
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