SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4834)
TEKIA INGENIEROS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IPAR TEKIA INGENIARITZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 151
Miércoles 7 de agosto de 2024
Pág. 5991
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4834
TEKIA INGENIEROS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
IPAR TEKIA INGENIARITZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante
LME), se hace público que "Tekia Ingenieros, S.A."(sociedad absorbente) y "Ipar
Tekia Ingeniaritza, S.L.U." (sociedad absorbida) en virtud de las decisiones
adoptadas por el socio único de "Ipar Tekia Ingeniaritza, S.L.U" ejerciendo las
funciones propias de la Junta General, conforme al artículo 15 de la Ley de
Sociedades de Capital decidió en sus respectivas Juntas Generales Ordinarias y
Universales con fecha 26 de julio de 2024, la fusión por absorción de las
sociedades, "Ipar Tekia Ingeniaritza, S.L.U." (Sociedad absorbida y extinguida en
la fusión), por su socia única, con disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de
la Sociedad "Tekia Ingenieros, S.A." (Sociedad absorbente), subrogándose la
Sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad
absorbida.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado
en el artículo 9 de la LME que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el
Proyecto Común de Fusión suscrito y firmado por el Órgano de Administración de
las sociedades intervinientes, el cual no ha sido publicado o depositado
previamente. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores
de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo
de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley
5/ 2023.
Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los
acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la
publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del Real
Decreto-Ley 5/2023. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de
los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real DecretoLey 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Madrid, 26 de julio de 2024.- El Administrador único de la Sociedad Absorbida
y el Secretario de la Absorbente, Don Francisco Jose Palazón Rubio y Don Juan
Rey Mate respectivamente.
cve: BORME-C-2024-4834
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036141-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 151
Miércoles 7 de agosto de 2024
Pág. 5991
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FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4834
TEKIA INGENIEROS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
IPAR TEKIA INGENIARITZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante
LME), se hace público que "Tekia Ingenieros, S.A."(sociedad absorbente) y "Ipar
Tekia Ingeniaritza, S.L.U." (sociedad absorbida) en virtud de las decisiones
adoptadas por el socio único de "Ipar Tekia Ingeniaritza, S.L.U" ejerciendo las
funciones propias de la Junta General, conforme al artículo 15 de la Ley de
Sociedades de Capital decidió en sus respectivas Juntas Generales Ordinarias y
Universales con fecha 26 de julio de 2024, la fusión por absorción de las
sociedades, "Ipar Tekia Ingeniaritza, S.L.U." (Sociedad absorbida y extinguida en
la fusión), por su socia única, con disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de
la Sociedad "Tekia Ingenieros, S.A." (Sociedad absorbente), subrogándose la
Sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad
absorbida.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado
en el artículo 9 de la LME que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el
Proyecto Común de Fusión suscrito y firmado por el Órgano de Administración de
las sociedades intervinientes, el cual no ha sido publicado o depositado
previamente. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores
de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo
de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley
5/ 2023.
Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los
acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la
publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del Real
Decreto-Ley 5/2023. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de
los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real DecretoLey 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Madrid, 26 de julio de 2024.- El Administrador único de la Sociedad Absorbida
y el Secretario de la Absorbente, Don Francisco Jose Palazón Rubio y Don Juan
Rey Mate respectivamente.
cve: BORME-C-2024-4834
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