SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4836)
ALFIL PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) - HOLDING GOPAL 2024, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 151
Miércoles 7 de agosto de 2024
Pág. 5993
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4836
ALFIL PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (SOCIEDAD PARCIALMENTE
ESCINDIDA) - HOLDING GOPAL 2024, S.L. (SOCIEDAD
BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante,
"RDME"), se hace público que el día 28 de junio de 2024, la Junta General de
ALFIL PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (Sociedad Parcialmente Escindida) acordó la
escisión parcial sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque de
parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria y de nueva creación HOLDING
GOPAL 2024, S.L. (Sociedad Beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente,
adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones
integrantes del patrimonio escindido, adjudicando a los socios de la Sociedad
Parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de
nueva creación, todo ello, de conformidad con el Proyecto Común de Escisión
Parcial Financiera redactado y suscrito por el Consejo de Administración de ALFIL
PATRIMONIAL SOCIMI, S.A., formalizado el 6 de mayo de 2024.
Se deja constancia de que a la referida operación le resulta de aplicación el
régimen simplificado recogido en el artículo 71 del RDME, al atribuirse a los socios
de la Sociedad Parcialmente Escindida las participaciones sociales de la Sociedad
Beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el
capital de aquella, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el
proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco
el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el referido acuerdo de escisión parcial
contiene el detalle de los elementos que componen el patrimonio escindido
transmitido a la Sociedad Beneficiaria de nueva creación HOLDING GOPAL 2024,
S.L. consistente en la cartera financiera integrada por la totalidad de las
participaciones sociales que ostenta la Sociedad Parcialmente Escindida de las
sociedades filiales HOTEL BAVIERA, S.L.U., FRANCISCO GÓMEZ REYES,
S.L.U., PROMOCIONES CALANORTE, S.L.U. y LOCAL FINLANDIA 17, S.L. y las
transmitirá en bloque a la Sociedad Beneficiaria, que las adquirirá por sucesión
universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del
patrimonio escindido.
Marbella, 2 de agosto de 2024.- Presidente del Consejo de Administración,
Francisco de Asís Gómez Palma.
ID: A240036130-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-4836
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDME, se hace público el
derecho de los socios y acreedores de la Sociedad Parcialmente Escindida de
obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado, así
como se informa igualmente de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el
plazo y los términos previstos en el RDME.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 151
Miércoles 7 de agosto de 2024
Pág. 5993
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4836
ALFIL PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (SOCIEDAD PARCIALMENTE
ESCINDIDA) - HOLDING GOPAL 2024, S.L. (SOCIEDAD
BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante,
"RDME"), se hace público que el día 28 de junio de 2024, la Junta General de
ALFIL PATRIMONIAL SOCIMI, S.A. (Sociedad Parcialmente Escindida) acordó la
escisión parcial sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque de
parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria y de nueva creación HOLDING
GOPAL 2024, S.L. (Sociedad Beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente,
adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones
integrantes del patrimonio escindido, adjudicando a los socios de la Sociedad
Parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de
nueva creación, todo ello, de conformidad con el Proyecto Común de Escisión
Parcial Financiera redactado y suscrito por el Consejo de Administración de ALFIL
PATRIMONIAL SOCIMI, S.A., formalizado el 6 de mayo de 2024.
Se deja constancia de que a la referida operación le resulta de aplicación el
régimen simplificado recogido en el artículo 71 del RDME, al atribuirse a los socios
de la Sociedad Parcialmente Escindida las participaciones sociales de la Sociedad
Beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el
capital de aquella, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el
proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco
el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el referido acuerdo de escisión parcial
contiene el detalle de los elementos que componen el patrimonio escindido
transmitido a la Sociedad Beneficiaria de nueva creación HOLDING GOPAL 2024,
S.L. consistente en la cartera financiera integrada por la totalidad de las
participaciones sociales que ostenta la Sociedad Parcialmente Escindida de las
sociedades filiales HOTEL BAVIERA, S.L.U., FRANCISCO GÓMEZ REYES,
S.L.U., PROMOCIONES CALANORTE, S.L.U. y LOCAL FINLANDIA 17, S.L. y las
transmitirá en bloque a la Sociedad Beneficiaria, que las adquirirá por sucesión
universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del
patrimonio escindido.
Marbella, 2 de agosto de 2024.- Presidente del Consejo de Administración,
Francisco de Asís Gómez Palma.
ID: A240036130-1
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cve: BORME-C-2024-4836
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDME, se hace público el
derecho de los socios y acreedores de la Sociedad Parcialmente Escindida de
obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado, así
como se informa igualmente de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el
plazo y los términos previstos en el RDME.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958