SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4794)
PARKIA MOVILIDAD URBANA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PARKIA CANARIAS, S.L.U. ESTACIONAMIENTOS GRANADA, S.A.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5942
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4794
PARKIA MOVILIDAD URBANA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PARKIA CANARIAS, S.L.U.
ESTACIONAMIENTOS GRANADA, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre
otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace
público que, con fecha 26 de julio de 2024, el socio único de Parkia Movilidad
Urbana, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción de
Parkia Canarias, S.L.U. y Estacionamientos Granada, S.A.U. ("Sociedades
Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación
de las Sociedades Absorbidas y traspaso en bloque y por sucesión universal de
todos sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá, en
los términos del proyecto común de fusión formulado con fecha 24 de junio de
2024 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y
conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023.
Encontrándose las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas de forma
directa por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación a la fusión, lo dispuesto
por el artículo 53 del RDL 5/2023, no resultando precisos, entre otros, (i) la
formalización de los acuerdos de fusión por el socio único de las Sociedades
Absorbidas, (ii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iii) los informes
de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, asimismo, (i) que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al
amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDL 5/2023, así como (ii) el derecho
que asiste a los socios únicos y a los acreedores de las sociedades intervinientes a
obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de
fusión.
Madrid, 26 de julio de 2024.- La administradora única de Parkia Movilidad
Urbana S.L.U., Parkia Canarias, S.L.U. y Estacionamientos Granada, S.A.U., esto
es, Parkia Iniciativas, S.L.U, Representada por D Álvaro Busca Martín-Sanz.
cve: BORME-C-2024-4794
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036029-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5942
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4794
PARKIA MOVILIDAD URBANA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PARKIA CANARIAS, S.L.U.
ESTACIONAMIENTOS GRANADA, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre
otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace
público que, con fecha 26 de julio de 2024, el socio único de Parkia Movilidad
Urbana, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción de
Parkia Canarias, S.L.U. y Estacionamientos Granada, S.A.U. ("Sociedades
Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación
de las Sociedades Absorbidas y traspaso en bloque y por sucesión universal de
todos sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá, en
los términos del proyecto común de fusión formulado con fecha 24 de junio de
2024 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y
conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023.
Encontrándose las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas de forma
directa por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación a la fusión, lo dispuesto
por el artículo 53 del RDL 5/2023, no resultando precisos, entre otros, (i) la
formalización de los acuerdos de fusión por el socio único de las Sociedades
Absorbidas, (ii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iii) los informes
de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, asimismo, (i) que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al
amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDL 5/2023, así como (ii) el derecho
que asiste a los socios únicos y a los acreedores de las sociedades intervinientes a
obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de
fusión.
Madrid, 26 de julio de 2024.- La administradora única de Parkia Movilidad
Urbana S.L.U., Parkia Canarias, S.L.U. y Estacionamientos Granada, S.A.U., esto
es, Parkia Iniciativas, S.L.U, Representada por D Álvaro Busca Martín-Sanz.
cve: BORME-C-2024-4794
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