SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4804)
ERMITA 61, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) COPRINLU, S.L. MACOLBA 16, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 150

Martes 6 de agosto de 2024

Pág. 5955

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4804

ERMITA 61, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
COPRINLU, S.L.
MACOLBA 16, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023, de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General
Extraordinaria y Universal de Socios de Ermita 61, S.L. ("Sociedad Escindida"),
celebrada en fecha 2 de agosto de 2024, ha acordado, por unanimidad, aprobar la
escisión total mediante la división de su patrimonio en dos partes, y su traspaso en
bloque, en favor de las siguientes sociedades de nueva constitución: COPRINLU,
S.L. (sociedad beneficiaria de nueva creación) y MACOLBA 16, S.L. (sociedad
beneficiaria de nueva creación), todo ello conforme al proyecto de escisión
formulado por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.
Dichas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como
consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la
Sociedad Escindida, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión
universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del
patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido en el proyecto de
escisión. Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias
se atribuirán a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a la
participación del capital social que tenían en el capital social de la misma.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a la socios, acreedores y
trabajadores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el
texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los
administradores sobre el proyecto de escisión –sin perjuicio de la sección dirigida a
los empleados de la Sociedad Escindida, que les ha sido debidamente remitida a
los efectos legales correspondientes– ni el informe de expertos independientes, así
como tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 71 del
RDL 5/2023 antes reseñado.
Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la
escisión total, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo
de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de escisión total, de
acuerdo con lo establecido en el art. 13 del citado RDL 5/2023.
Castellón, 2 de agosto de 2024.- Los administradores solidarios de ERMITA
61, S.L., D. Manuel Miguel Colonques Moreno y D.ª Carmen Delfina Sanz Pesudo.

cve: BORME-C-2024-4804
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240036270-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958