SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4803)
COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES GUADALEST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA), MARVALEST, S.L., GRUPO DOMUS VALCAR SOLUTIONS, S.L. Y UDEDOS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5954
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4803
COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES GUADALEST
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, S.L. (SOCIEDAD
ESCINDIDA), MARVALEST, S.L., GRUPO DOMUS VALCAR
SOLUTIONS, S.L. Y UDEDOS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/
2023,de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta
General Extraordinaria de Socios de COMPAÑÍA GENERAL DE
CONSTRUCCIONES GUADALEST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, S.L. (en adelante "GUADALEST"), celebrada con carácter de universal
el 1 de julio de 2024, aprobó por unanimidad la escisión total de "GUADALEST",
mediante la división de su patrimonio en tres partes y su traspaso en bloque a
favor de las sociedades beneficiarias y de nueva creación, MARVALEST, S.L.,
GRUPO DOMUS VALCAR SOLUTIONS, S.L. y UDEDOS, S.L., las cuales se
constituirán simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los
derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad escindida y
adjudicando a los socios de la sociedad totalmente escindida las participaciones
sociales de las sociedades beneficiarias de nueva creación, todo ello de
conformidad con el Proyecto de Escisión total redactado y suscrito por el Órgano
de Administración de "GUADALEST" formalizado el 30 de junio del 2024.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de
escisión total en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la
sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de
la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de
escisión ni es necesario el informe del órgano de administración sobre el mismo, ni
el informe de expertos independientes.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de
oponerse a la escisión total en el plazo y los términos previsto en el RDL 5/2023
Barcelona, 29 de julio de 2024.- Administradores mancomunados de Compañía
General De Construcciones Guadalest Sociedad De Responsabilidad Limitada,
S.L, Dª. Pilar Conti Zalacaín y D. Carlos Conti Zalacaín.
cve: BORME-C-2024-4803
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240035936-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5954
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ESCISIÓN DE EMPRESAS
4803
COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES GUADALEST
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, S.L. (SOCIEDAD
ESCINDIDA), MARVALEST, S.L., GRUPO DOMUS VALCAR
SOLUTIONS, S.L. Y UDEDOS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/
2023,de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta
General Extraordinaria de Socios de COMPAÑÍA GENERAL DE
CONSTRUCCIONES GUADALEST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, S.L. (en adelante "GUADALEST"), celebrada con carácter de universal
el 1 de julio de 2024, aprobó por unanimidad la escisión total de "GUADALEST",
mediante la división de su patrimonio en tres partes y su traspaso en bloque a
favor de las sociedades beneficiarias y de nueva creación, MARVALEST, S.L.,
GRUPO DOMUS VALCAR SOLUTIONS, S.L. y UDEDOS, S.L., las cuales se
constituirán simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los
derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad escindida y
adjudicando a los socios de la sociedad totalmente escindida las participaciones
sociales de las sociedades beneficiarias de nueva creación, todo ello de
conformidad con el Proyecto de Escisión total redactado y suscrito por el Órgano
de Administración de "GUADALEST" formalizado el 30 de junio del 2024.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de
escisión total en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la
sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de
la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de
escisión ni es necesario el informe del órgano de administración sobre el mismo, ni
el informe de expertos independientes.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de
oponerse a la escisión total en el plazo y los términos previsto en el RDL 5/2023
Barcelona, 29 de julio de 2024.- Administradores mancomunados de Compañía
General De Construcciones Guadalest Sociedad De Responsabilidad Limitada,
S.L, Dª. Pilar Conti Zalacaín y D. Carlos Conti Zalacaín.
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