SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4802)
APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U. ROANBEER, S.L.U. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5953
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4802
APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U.
ROANBEER, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio (en adelante, "RDME"), se hace público que el día 1 de agosto de
2024, el Socio Único de Apiglass Envases y Material Apícola, S.L.U., (Sociedad
Escindida) ha acordado aprobar su escisión total mediante la división de su
patrimonio en dos partes, y su traspaso en bloque a favor de dos sociedades de
nueva constitución (Apiglass Envases y Material Apícola, S.L.U. y Roanbeer,
S.L.U), de conformidad al Proyecto de Escisión formulado por el órgano de
administración de la Sociedad Escindida.
Las sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como
consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la
Sociedad Escindida, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión
universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del
patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido. Las participaciones
sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán al socio único
de la Sociedad Escindida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de
los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores
sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como
tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 71 del
RDME. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse
a la escisión total, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el
plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de escisión
total, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 del citado RDME.
Sant Fost de Campsentelles (Barcelona), 1 de agosto de 2024.- Administrador
único de la Sociedad Escindida, Robert Robert Gironella.
cve: BORME-C-2024-4802
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036253-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5953
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4802
APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
APIGLASS ENVASES Y MATERIAL APÍCOLA, S.L.U.
ROANBEER, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio (en adelante, "RDME"), se hace público que el día 1 de agosto de
2024, el Socio Único de Apiglass Envases y Material Apícola, S.L.U., (Sociedad
Escindida) ha acordado aprobar su escisión total mediante la división de su
patrimonio en dos partes, y su traspaso en bloque a favor de dos sociedades de
nueva constitución (Apiglass Envases y Material Apícola, S.L.U. y Roanbeer,
S.L.U), de conformidad al Proyecto de Escisión formulado por el órgano de
administración de la Sociedad Escindida.
Las sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como
consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la
Sociedad Escindida, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión
universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del
patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido. Las participaciones
sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán al socio único
de la Sociedad Escindida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de
los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores
sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como
tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 71 del
RDME. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse
a la escisión total, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el
plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de escisión
total, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 del citado RDME.
Sant Fost de Campsentelles (Barcelona), 1 de agosto de 2024.- Administrador
único de la Sociedad Escindida, Robert Robert Gironella.
cve: BORME-C-2024-4802
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036253-1
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