SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4786)
APARCAMIENTO VICTORIAMAR, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CRISOL DIRECTORSHIP, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5934
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4786
APARCAMIENTO VICTORIAMAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRISOL DIRECTORSHIP, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre
otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace
público, que con fecha 26 de julio de 2024, el socio único de Crisol Directorship,
S.L.U. ("Sociedad Absorbida") ha aprobado la fusión por absorción de esta última
por parte de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), con
disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque y por
sucesión universal de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo
adquirirá, en los términos del proyecto común de fusión formulado con fecha 24 de
junio de 2024 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y
conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023.
Encontrándose la Sociedad Absorbente íntegramente participada de forma directa
por la Sociedad Absorbida, resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que
proceda, lo dispuesto por el artículo 53.1, por remisión del artículo 56.1, ambos del
RDL 5/2023, no resultando precisos, entre otros, (i) la formalización de los
acuerdos de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbente, (ii) el aumento
de capital de la Sociedad Absorbente y (iii) los informes de administradores y
expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, asimismo, (i) que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al
amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDL 5/2023, así como (ii) el derecho
que asiste a los socios únicos y a los acreedores de las sociedades intervinientes a
obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de
fusión.
Madrid, 26 de julio de 2024.- La administradora única de Aparcamiento
Victoriamar, S.L.U. y de Crisol Directorship, S.L.U., esto es, Parkia Iniciativas,
S.L.U, Representada por D. Álvaro Busca Martín-Sanz.
cve: BORME-C-2024-4786
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036027-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 150
Martes 6 de agosto de 2024
Pág. 5934
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4786
APARCAMIENTO VICTORIAMAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRISOL DIRECTORSHIP, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre
otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace
público, que con fecha 26 de julio de 2024, el socio único de Crisol Directorship,
S.L.U. ("Sociedad Absorbida") ha aprobado la fusión por absorción de esta última
por parte de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), con
disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque y por
sucesión universal de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo
adquirirá, en los términos del proyecto común de fusión formulado con fecha 24 de
junio de 2024 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y
conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023.
Encontrándose la Sociedad Absorbente íntegramente participada de forma directa
por la Sociedad Absorbida, resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que
proceda, lo dispuesto por el artículo 53.1, por remisión del artículo 56.1, ambos del
RDL 5/2023, no resultando precisos, entre otros, (i) la formalización de los
acuerdos de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbente, (ii) el aumento
de capital de la Sociedad Absorbente y (iii) los informes de administradores y
expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, asimismo, (i) que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al
amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDL 5/2023, así como (ii) el derecho
que asiste a los socios únicos y a los acreedores de las sociedades intervinientes a
obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de
fusión.
Madrid, 26 de julio de 2024.- La administradora única de Aparcamiento
Victoriamar, S.L.U. y de Crisol Directorship, S.L.U., esto es, Parkia Iniciativas,
S.L.U, Representada por D. Álvaro Busca Martín-Sanz.
cve: BORME-C-2024-4786
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240036027-1
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