SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4762)
NOVADELTA, COMERCIO DE CAFÉS ESPAÑA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) COMERCIAL HISPANO PORTUGUESA DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN, S.L.U. SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE CAFÉS, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 149
Lunes 5 de agosto de 2024
Pág. 5908
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4762
NOVADELTA, COMERCIO DE CAFÉS ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMERCIAL HISPANO PORTUGUESA DE EXPORTACIÓN E
IMPORTACIÓN, S.L.U.
SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE CAFÉS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio
(en lo sucesivo "RDL"), se hace público que, el Socio Único de Novadelta,
Comercio de Cafés España, S.A.U., en el ejercicio de las competencias de Junta
General de la entidad celebrada con fecha 28 de junio de 2024, acordó la
aprobación de la fusión por absorción de las entidades "Comercial Hispano
Portuguesa de Exportación e Importación, S.L.U." y "Sociedad Importadora y
Exportadora de Cafés, S.L.U." por parte de la sociedad Novadelta, Comercio de
Cafés España, S.A.U. sobre la base del Proyecto Común de Fusión de fecha 27 de
junio de 2024 y de los balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2023 de
cada una de las sociedades participantes en la fusión, igualmente aprobados. La
fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades
Absorbidas a la Sociedad Absorbente con sucesión universal de derechos y
obligaciones, y la extinción de las Sociedades Absorbidas.
La fecha de efectos contables de la fusión se ha fijado el 1 de enero de 2024.
La fusión se realiza de conformidad con el régimen simplificado previsto en el
artículo 53 del RDL, por ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa de
todas las participaciones sociales de las Sociedades Absorbidas. En
consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión, la inclusión en el Proyecto de
Fusión de las menciones 3ª, 5ª, 7ª y 8ª del artículo 40 del RDL, 4.1.6º del artículo 4
del RDL, así como lo previsto en el artículo 53.1. 2º, 3º y 4º del mismo texto legal.
En virtud de lo anterior, no se precisará ampliación de capital en la Sociedad
Absorbente, canje de participaciones sociales, informe de los administradores, ni
informe de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.
De conformidad con el artículo 9.1 del RDL, el acuerdo de fusión se ha
adoptado sin necesidad de informe de administradores ni de publicaciones previas
a dicho acuerdo social, al haber sido una decisión del Socio Único. No obstante,
los trabajadores de las sociedades han sido debidamente informados.
En Badajoz a, 11 de julio de 2024.- Presidente de los Consejos de
Administración de Novadelta, Comercio de Cafés España, S.A.U., Comercial
Hispano Portuguesa de Exportación e Importación, S.L.U. y Sociedad Importadora
y Exportadora de Cafés, S.L.U, D. Rui Miguel do Rosario Nabeiro.
ID: A240035821-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-4762
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar el
derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, a
solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y balances de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 149
Lunes 5 de agosto de 2024
Pág. 5908
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4762
NOVADELTA, COMERCIO DE CAFÉS ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMERCIAL HISPANO PORTUGUESA DE EXPORTACIÓN E
IMPORTACIÓN, S.L.U.
SOCIEDAD IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE CAFÉS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio
(en lo sucesivo "RDL"), se hace público que, el Socio Único de Novadelta,
Comercio de Cafés España, S.A.U., en el ejercicio de las competencias de Junta
General de la entidad celebrada con fecha 28 de junio de 2024, acordó la
aprobación de la fusión por absorción de las entidades "Comercial Hispano
Portuguesa de Exportación e Importación, S.L.U." y "Sociedad Importadora y
Exportadora de Cafés, S.L.U." por parte de la sociedad Novadelta, Comercio de
Cafés España, S.A.U. sobre la base del Proyecto Común de Fusión de fecha 27 de
junio de 2024 y de los balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2023 de
cada una de las sociedades participantes en la fusión, igualmente aprobados. La
fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades
Absorbidas a la Sociedad Absorbente con sucesión universal de derechos y
obligaciones, y la extinción de las Sociedades Absorbidas.
La fecha de efectos contables de la fusión se ha fijado el 1 de enero de 2024.
La fusión se realiza de conformidad con el régimen simplificado previsto en el
artículo 53 del RDL, por ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa de
todas las participaciones sociales de las Sociedades Absorbidas. En
consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión, la inclusión en el Proyecto de
Fusión de las menciones 3ª, 5ª, 7ª y 8ª del artículo 40 del RDL, 4.1.6º del artículo 4
del RDL, así como lo previsto en el artículo 53.1. 2º, 3º y 4º del mismo texto legal.
En virtud de lo anterior, no se precisará ampliación de capital en la Sociedad
Absorbente, canje de participaciones sociales, informe de los administradores, ni
informe de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.
De conformidad con el artículo 9.1 del RDL, el acuerdo de fusión se ha
adoptado sin necesidad de informe de administradores ni de publicaciones previas
a dicho acuerdo social, al haber sido una decisión del Socio Único. No obstante,
los trabajadores de las sociedades han sido debidamente informados.
En Badajoz a, 11 de julio de 2024.- Presidente de los Consejos de
Administración de Novadelta, Comercio de Cafés España, S.A.U., Comercial
Hispano Portuguesa de Exportación e Importación, S.L.U. y Sociedad Importadora
y Exportadora de Cafés, S.L.U, D. Rui Miguel do Rosario Nabeiro.
ID: A240035821-1
https://www.boe.es
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cve: BORME-C-2024-4762
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar el
derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, a
solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y balances de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958