SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4773)
BEKA FINANCIAL MARKETS HOLDINGS, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 149
Lunes 5 de agosto de 2024
Pág. 5919
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
4773
BEKA FINANCIAL MARKETS HOLDINGS, S.L.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 305 de la Ley de Sociedades
de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios
de Beka Financial Markets Holdings, S.L. (la "Sociedad"), celebrada el día 28 de
junio de 2024, adoptó, entre otros acuerdos, una ampliación de capital social,
mediante aportación dineraria, por importe de ocho millones cuatrocientos ocho mil
seiscientos setenta y siete euros (8.408.677.-€), mediante la creación de 8.408.677
participaciones sociales de un euro (1.-€) cada una, todas ellas con los mismos
derechos económicos y políticos a las anteriores y numeradas correlativamente del
32.822.694 a la 41.231.370, ambas inclusive y una prima de asunción conjunta de
veinte millones trescientos veintinueve mil trescientos veintitrés euros (20.329.323.€).
Se hace constar a los efectos oportunos, el derecho de los socios a asumir un
número de participaciones sociales en proporción al valor nominal de las que
posea, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente
anuncio, todo ello de conformidad con los artículos 304 y 305 de la LSC.
Para ejercitar el citado derecho de preferencia, en el mencionado plazo de un
mes, los socios deberán remitir a la Sociedad una comunicación en la que pongan
de manifiesto su voluntad de asumir participaciones y la identificación del número
de participaciones que se deseen asumir.
Adicionalmente, de conformidad con el artículo 307 de la LSC, las
participaciones que no hubieran sido asumidas en el ejercicio del derecho de
preferencia anteriormente indicado serán ofrecidas a los socios que sí lo hubieran
ejercitado, para su asunción y desembolso en el plazo máximo de 15 días desde la
conclusión del plazo de un mes anteriormente indicado.
Transcurrido el citado plazo de 15 días, y durante los 5 meses siguientes, el
Consejo de Administración podrá ofrecer las participaciones que no hubieran sido
asumidas por los socios de la Sociedad a terceros.
Se prevé la suscripción incompleta de la ampliación de capital acordada, por lo
que el capital social de la Sociedad se aumentará finalmente en la cuantía de las
asunciones efectivamente realizadas.
Madrid, 30 de julio de 2024.- La Secretario no Consejero del Consejo de
Administración, Mª Abigail Sánchez del Río y Precioso.
cve: BORME-C-2024-4773
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240035682-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 149
Lunes 5 de agosto de 2024
Pág. 5919
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
4773
BEKA FINANCIAL MARKETS HOLDINGS, S.L.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 305 de la Ley de Sociedades
de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios
de Beka Financial Markets Holdings, S.L. (la "Sociedad"), celebrada el día 28 de
junio de 2024, adoptó, entre otros acuerdos, una ampliación de capital social,
mediante aportación dineraria, por importe de ocho millones cuatrocientos ocho mil
seiscientos setenta y siete euros (8.408.677.-€), mediante la creación de 8.408.677
participaciones sociales de un euro (1.-€) cada una, todas ellas con los mismos
derechos económicos y políticos a las anteriores y numeradas correlativamente del
32.822.694 a la 41.231.370, ambas inclusive y una prima de asunción conjunta de
veinte millones trescientos veintinueve mil trescientos veintitrés euros (20.329.323.€).
Se hace constar a los efectos oportunos, el derecho de los socios a asumir un
número de participaciones sociales en proporción al valor nominal de las que
posea, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente
anuncio, todo ello de conformidad con los artículos 304 y 305 de la LSC.
Para ejercitar el citado derecho de preferencia, en el mencionado plazo de un
mes, los socios deberán remitir a la Sociedad una comunicación en la que pongan
de manifiesto su voluntad de asumir participaciones y la identificación del número
de participaciones que se deseen asumir.
Adicionalmente, de conformidad con el artículo 307 de la LSC, las
participaciones que no hubieran sido asumidas en el ejercicio del derecho de
preferencia anteriormente indicado serán ofrecidas a los socios que sí lo hubieran
ejercitado, para su asunción y desembolso en el plazo máximo de 15 días desde la
conclusión del plazo de un mes anteriormente indicado.
Transcurrido el citado plazo de 15 días, y durante los 5 meses siguientes, el
Consejo de Administración podrá ofrecer las participaciones que no hubieran sido
asumidas por los socios de la Sociedad a terceros.
Se prevé la suscripción incompleta de la ampliación de capital acordada, por lo
que el capital social de la Sociedad se aumentará finalmente en la cuantía de las
asunciones efectivamente realizadas.
Madrid, 30 de julio de 2024.- La Secretario no Consejero del Consejo de
Administración, Mª Abigail Sánchez del Río y Precioso.
cve: BORME-C-2024-4773
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240035682-1
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