SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4727)
VLN SERVICIOS PUBLICITARIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VALINOR MEDIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 148
Viernes 2 de agosto de 2024
Pág. 5862
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4727
VLN SERVICIOS PUBLICITARIOS INTEGRALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALINOR MEDIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto 5/2023, de 28 de junio (en adelante, la "LME"), se hace público que, con
fecha 24 de julio de 2024, los respectivos socios únicos de las sociedades VLN
SERVICIOS PUBLICITARIOS INTEGRALES, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y
VALINOR MEDIA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), en el ejercicio de las
facultades de la junta general universal, han aprobado la fusión por absorción de la
Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente.
Como consecuencia de ello, es de aplicación el procedimiento correspondiente
a fusiones simplificadas (artículo 53 de la LME, por remisión del artículo 56 de la
LME). La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad
Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos
sus derechos y obligaciones, y la disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida, con extinción de la misma, todo de ello de conformidad con el proyecto
común de fusión formulado y suscrito por todos los miembros de los órganos de
administración de las sociedades participantes con fecha 28 de junio de 2024, y
con base en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023 de las
sociedades participantes, igualmente aprobados por los respectivos socios únicos
de las mismas.
De conformidad con el artículo 9 de la LME, no es preciso el depósito previo
del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil de Madrid, correspondiente
al domicilio de las sociedades fusionadas.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 10, 12 y 13 de la
LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y
trabajadores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto
íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio
social de las mismas.
Madrid, 30 de julio de 2024.- D. Fernando García Díez y Magnum Business
Directors III, S.L.U. (representada por D. Alberto Bermejo Madera),
Administradores mancomunados de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad
Absorbente.
ID: A240035558-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-4727
Verificable en https://www.boe.es
Los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión cuyos
créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio
disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de
fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 de la LME.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 148
Viernes 2 de agosto de 2024
Pág. 5862
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4727
VLN SERVICIOS PUBLICITARIOS INTEGRALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALINOR MEDIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto 5/2023, de 28 de junio (en adelante, la "LME"), se hace público que, con
fecha 24 de julio de 2024, los respectivos socios únicos de las sociedades VLN
SERVICIOS PUBLICITARIOS INTEGRALES, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y
VALINOR MEDIA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), en el ejercicio de las
facultades de la junta general universal, han aprobado la fusión por absorción de la
Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente.
Como consecuencia de ello, es de aplicación el procedimiento correspondiente
a fusiones simplificadas (artículo 53 de la LME, por remisión del artículo 56 de la
LME). La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad
Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos
sus derechos y obligaciones, y la disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida, con extinción de la misma, todo de ello de conformidad con el proyecto
común de fusión formulado y suscrito por todos los miembros de los órganos de
administración de las sociedades participantes con fecha 28 de junio de 2024, y
con base en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023 de las
sociedades participantes, igualmente aprobados por los respectivos socios únicos
de las mismas.
De conformidad con el artículo 9 de la LME, no es preciso el depósito previo
del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil de Madrid, correspondiente
al domicilio de las sociedades fusionadas.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 10, 12 y 13 de la
LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y
trabajadores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto
íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio
social de las mismas.
Madrid, 30 de julio de 2024.- D. Fernando García Díez y Magnum Business
Directors III, S.L.U. (representada por D. Alberto Bermejo Madera),
Administradores mancomunados de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad
Absorbente.
ID: A240035558-1
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Los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión cuyos
créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio
disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de
fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 de la LME.
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