SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4724)
PROCUBITOS EUROPE DISTRIBUCIÓN, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBENTE) CUBERS CASTILLA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) PREMIUM NORDICA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 148

Viernes 2 de agosto de 2024

Pág. 5859

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4724

PROCUBITOS EUROPE DISTRIBUCIÓN, S.L. (SOCIEDAD
UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CUBERS CASTILLA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
PREMIUM NORDICA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto Ley 5/
2023, de 28 de junio, que transpone la directiva de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el "Real
Decreto Ley 5/2023"), se hace público que el 30 de julio de 2024, el Socio Único de
las mercantiles PROCUBITOS EUROPE DISTRIBUCIÓN, S.L.U., (sociedad
absorbente), y CUBERS CASTILLA, S.L.U. y PREMIUM NORDICA, S.L.U.
(sociedades absorbidas), decidió aprobar la fusión por absorción de las sociedades
absorbidas por parte de la sociedad absorbente, con la extinción sin liquidación de
las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la
sociedad absorbente.
La fusión ha resultado aprobada en los términos previstos en el proyecto
común de fusión de 4 de junio de 2024, formulado y aprobado por el Consejo de
Administración de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas y, por
tanto, aprobándose como balances de fusión los balances cerrados a 31 de
diciembre de 2023 por las sociedades participantes en el proceso de fusión. La
fusión aprobada se acoge al régimen especial previsto en el artículo 53.1. del Real
Decreto Ley 5/2023 por remisión del artículo 56.1 del mismo cuerpo legal al
tratarse de una fusión en la que la sociedad absorbente y las sociedades
absorbidas se encuentran integra y directamente participadas por el mismo Socio
Único. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real
Decreto Ley 5/2023, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los
documentos exigidos por dicho Real Decreto Ley 5/2023 ni elaborar informe de los
administradores sobre el proyecto de fusión.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10.1 del Real Decreto Ley 5/2023,
se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades
participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y
los balances de fusión, así como a ejercitar los derechos que se prevén en el
artículo 13 del referido Real Decreto Ley 5/2023, con los plazos y en los términos
que en dicho artículo se establecen.

ID: A240035555-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2024-4724
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de julio de 2024.- El Secretario no Consejero del Consejo de
Administración de Procubitos Europe Distribución, S.L.U. (sociedad absorbente) y
Cubers Castilla, S.L.U. y Premium Nordica, S.L.U. (sociedades absorbidas), Don
Miguel Ángel López Mateo.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958