SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4663)
DESPACHO ABACO, S.A.P. (SOCIEDAD ESCINDIDA) NEFTA INVERSIONES. S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 146

Miércoles 31 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4663

DESPACHO ABACO, S.A.P. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
NEFTA INVERSIONES. S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de
28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General
Extraordinaria y Universal de socios de DESPACHO ÁBACO, S.A.P. (sociedad
parcialmente escindida), celebrada el 27 de mayo de 2024, acordó por
unanimidad, la escisión parcial (financiera) sin extinción de DESPACHO ÁBACO,
S.A.P. mediante la transmisión en bloque por sucesión universal de una parte de
su patrimonio a la sociedad NEFTA INVERSIONES, S.L. (sociedad beneficiaria),
consistente en la totalidad de las participaciones que DESPACHO ÁBACO, S.A.P.
(sociedad escindida) posee de la sociedad NEFTA, S.L. con NIF B-24096281. Se
adjudican las nuevas participaciones de NEFTA INVERSIONES, S.L. a los socios
en la misma proporción actual que ostentan de la entidad DESPACHO ÁBACO,
S.A.P., todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y
suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes en esta
operación formalizado el 30 de marzo de 2024.
En virtud del art. 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión
parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de las sociedades
participantes y por el procedimiento simplificado previsto en el art. 71 de la misma
norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni
es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.
Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el
art. 71 del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los
derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los
administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos
independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el
detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido
transmitido a la sociedad beneficiaria NEFTA INVERSIONES, S.L.

Ponferrada, 27 de mayo de 2024.- Administrador Único de la sociedad
escindida, Javier Álvarez Melón.
ID: A240035074-1

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Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de
oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958