SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4582)
CECOSA HIPERMERCADOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LLANOS DE SAN JULIÁN, S.A.U. DESARROLLOS COMERCIALES DE OCIO E INMOBILIARIOS DE ORENSE, S.A.U. DESARROLLOS COMERCIALES Y DE OCIO ALGECIRAS, S.L.U." (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 144
Lunes 29 de julio de 2024
Pág. 5693
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4582
CECOSA HIPERMERCADOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
LLANOS DE SAN JULIÁN, S.A.U. DESARROLLOS COMERCIALES
DE OCIO E INMOBILIARIOS DE ORENSE, S.A.U. DESARROLLOS
COMERCIALES Y DE OCIO ALGECIRAS, S.L.U." (SOCIEDADES
ABSORBIDAS)
De conformidad con lo dispuesto en artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace
público que, con fecha 22 de julio de 2024, los Socios de "CECOSA
HIPERMERCADOS, S.L." (sociedad absorbente), en la Junta General
Extraordinaria y Universal de Socios, acordaron la fusión por absorción de las
sociedades "LLANOS DE SAN JULIÁN, S.A.U.", "DESARROLLOS
COMERCIALES DE OCIO E INMOBILIARIOS DE ORENSE, S.A.U." y
"DESARROLLOS COMERCIALES Y DE OCIO ALGECIRAS, S.L.U." (sociedades
absorbidas), que transmiten en bloque su patrimonio social a la sociedad
absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de
las sociedades absorbidas que quedan disueltas sin liquidación.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley,
al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular
de forma directa de todas las participaciones sociales y acciones en que se divide
el capital de las Sociedades Absorbidas. En consecuencia, no resulta necesaria
para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6,
7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de
Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la
Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de
las Sociedades Absorbidas.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General
Extraordinaria y Universal de CECOSA HIPERMERCADOS, S.L. (Sociedad
Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es
necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Madrid, 23 de julio de 2024.- D. Iñigo Arias Ajarrista. Administrador solidario,
Cecosa Hipermercados, S.L, D. Iñigo Nicolás Eizaguirre Illarramendi.
Administrador Solidario. Cecosa Hipermercados, S.L.
ID: A240034798-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-4582
Verificable en https://www.boe.es
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo
adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que
corresponde a los acreedores.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 144
Lunes 29 de julio de 2024
Pág. 5693
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4582
CECOSA HIPERMERCADOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
LLANOS DE SAN JULIÁN, S.A.U. DESARROLLOS COMERCIALES
DE OCIO E INMOBILIARIOS DE ORENSE, S.A.U. DESARROLLOS
COMERCIALES Y DE OCIO ALGECIRAS, S.L.U." (SOCIEDADES
ABSORBIDAS)
De conformidad con lo dispuesto en artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace
público que, con fecha 22 de julio de 2024, los Socios de "CECOSA
HIPERMERCADOS, S.L." (sociedad absorbente), en la Junta General
Extraordinaria y Universal de Socios, acordaron la fusión por absorción de las
sociedades "LLANOS DE SAN JULIÁN, S.A.U.", "DESARROLLOS
COMERCIALES DE OCIO E INMOBILIARIOS DE ORENSE, S.A.U." y
"DESARROLLOS COMERCIALES Y DE OCIO ALGECIRAS, S.L.U." (sociedades
absorbidas), que transmiten en bloque su patrimonio social a la sociedad
absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de
las sociedades absorbidas que quedan disueltas sin liquidación.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley,
al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular
de forma directa de todas las participaciones sociales y acciones en que se divide
el capital de las Sociedades Absorbidas. En consecuencia, no resulta necesaria
para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6,
7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de
Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la
Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de
las Sociedades Absorbidas.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General
Extraordinaria y Universal de CECOSA HIPERMERCADOS, S.L. (Sociedad
Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es
necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Madrid, 23 de julio de 2024.- D. Iñigo Arias Ajarrista. Administrador solidario,
Cecosa Hipermercados, S.L, D. Iñigo Nicolás Eizaguirre Illarramendi.
Administrador Solidario. Cecosa Hipermercados, S.L.
ID: A240034798-1
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Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo
adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que
corresponde a los acreedores.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958