SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4592)
AZORA CAPITAL, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) AZORA ASSET MANAGEMENT, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 144
Lunes 29 de julio de 2024
Pág. 5705
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4592
AZORA CAPITAL, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
AZORA ASSET MANAGEMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
La segregación tiene por objeto la transmisión en bloque, por sucesión
universal, de los elementos de aquella parte del patrimonio social de la Sociedad
Segregada constitutivo de una unidad económica y consistente en la captación de
recursos financieros de terceros para la inversión y gestión de tales recursos en
oportunidades de inversión principalmente en: (i) el segmento de residencial de
alquiler en España; (ii) el segmento hotelero en Europa y Estados Unidos, y
dirigido fundamentalmente al sector vacacional, urbano y nuevas fórmulas de
alojamiento ("hostels"); (iii) el segmento de logística de última milla, mediante la
adquisición de activos logísticos de última milla situados en las proximidades de las
principales ciudades españolas; (iv) el segmento de residencias y centros para la
tercera edad en España; (v) el segmento de activos vinculados a la transición
energética en Europa y Estados Unidos, tales como las energías renovables; y (v)
el segmento de centros de datos (la Actividad de Gestión), pero excluyendo
determinados elementos de contenido económico contingente y, en particular: (i)
aquella parte de las comisiones de incentivos ("incentive fee"), aún no devengadas,
contempladas en los correspondientes contratos de gestión suscritos con los
vehículos de inversión y que, conforme a la política de remuneración del Grupo
Azora y los acuerdos del Consejo de Administración de la Sociedad Segregada, de
fecha 18 de diciembre de 2023, mediante los que se aprobó y concretó la
implantación de dicha política, no estén destinadas a su reparto, en concepto de
remuneración variable ("bonus"), entre los empleados del grupo encabezado por la
Sociedad Segregada; y (ii) aquella parte de las comisiones de incentivos
("incentive fee"), aún no devengadas, contempladas en el contrato de gestión de
Azora Gestión S.G.I.I.C., S.A.U., de Nestar Residencial S.I.I., S.A., y que no estén
destinadas a su reparto, en concepto de remuneración variable ("bonus"), entre los
empleados del grupo encabezado por la Sociedad Segregada, y que han sido
transmitidos por Azora Gestión a la Sociedad Segregada en virtud de, y en los
términos establecidos en, la escritura pública de compraventa de fecha 21 de
marzo de 2024 otorgada ante el notario de Madrid D. Antonio Morenés Giles con
número 586/2024 de su protocolo, (el Negocio). En consecuencia, la Sociedad
Beneficiaria se subrogará en la totalidad de los activos, pasivos, derechos,
obligaciones, responsabilidades y cargas afectos a la unidad económica que
constituye el Negocio, y asumirá los medios humanos y materiales vinculados a su
explotación (la Segregación); todo ello de acuerdo con el proyecto común de
segregación redactado y suscrito por los miembros de los órganos de
administración de las Sociedades Participantes el 22 de marzo de 2024 (el
Proyecto Común de Segregación).
cve: BORME-C-2024-4592
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales) se hace público que la Junta General de Socios de
Azora Capital, S.L. (Sociedad Segregada) y el Socio Único de Azora Asset
Management, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria y, junto con la Sociedad Segregada,
las Sociedades Participantes), han aprobado en fecha 4 de julio de 2024, la
segregación de Azora Capital, S.L., como Sociedad Segregada, a favor de Azora
Asset Management, S.L.U., como Sociedad Beneficiaria.
Núm. 144
Lunes 29 de julio de 2024
Pág. 5705
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
4592
AZORA CAPITAL, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
AZORA ASSET MANAGEMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
La segregación tiene por objeto la transmisión en bloque, por sucesión
universal, de los elementos de aquella parte del patrimonio social de la Sociedad
Segregada constitutivo de una unidad económica y consistente en la captación de
recursos financieros de terceros para la inversión y gestión de tales recursos en
oportunidades de inversión principalmente en: (i) el segmento de residencial de
alquiler en España; (ii) el segmento hotelero en Europa y Estados Unidos, y
dirigido fundamentalmente al sector vacacional, urbano y nuevas fórmulas de
alojamiento ("hostels"); (iii) el segmento de logística de última milla, mediante la
adquisición de activos logísticos de última milla situados en las proximidades de las
principales ciudades españolas; (iv) el segmento de residencias y centros para la
tercera edad en España; (v) el segmento de activos vinculados a la transición
energética en Europa y Estados Unidos, tales como las energías renovables; y (v)
el segmento de centros de datos (la Actividad de Gestión), pero excluyendo
determinados elementos de contenido económico contingente y, en particular: (i)
aquella parte de las comisiones de incentivos ("incentive fee"), aún no devengadas,
contempladas en los correspondientes contratos de gestión suscritos con los
vehículos de inversión y que, conforme a la política de remuneración del Grupo
Azora y los acuerdos del Consejo de Administración de la Sociedad Segregada, de
fecha 18 de diciembre de 2023, mediante los que se aprobó y concretó la
implantación de dicha política, no estén destinadas a su reparto, en concepto de
remuneración variable ("bonus"), entre los empleados del grupo encabezado por la
Sociedad Segregada; y (ii) aquella parte de las comisiones de incentivos
("incentive fee"), aún no devengadas, contempladas en el contrato de gestión de
Azora Gestión S.G.I.I.C., S.A.U., de Nestar Residencial S.I.I., S.A., y que no estén
destinadas a su reparto, en concepto de remuneración variable ("bonus"), entre los
empleados del grupo encabezado por la Sociedad Segregada, y que han sido
transmitidos por Azora Gestión a la Sociedad Segregada en virtud de, y en los
términos establecidos en, la escritura pública de compraventa de fecha 21 de
marzo de 2024 otorgada ante el notario de Madrid D. Antonio Morenés Giles con
número 586/2024 de su protocolo, (el Negocio). En consecuencia, la Sociedad
Beneficiaria se subrogará en la totalidad de los activos, pasivos, derechos,
obligaciones, responsabilidades y cargas afectos a la unidad económica que
constituye el Negocio, y asumirá los medios humanos y materiales vinculados a su
explotación (la Segregación); todo ello de acuerdo con el proyecto común de
segregación redactado y suscrito por los miembros de los órganos de
administración de las Sociedades Participantes el 22 de marzo de 2024 (el
Proyecto Común de Segregación).
cve: BORME-C-2024-4592
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales) se hace público que la Junta General de Socios de
Azora Capital, S.L. (Sociedad Segregada) y el Socio Único de Azora Asset
Management, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria y, junto con la Sociedad Segregada,
las Sociedades Participantes), han aprobado en fecha 4 de julio de 2024, la
segregación de Azora Capital, S.L., como Sociedad Segregada, a favor de Azora
Asset Management, S.L.U., como Sociedad Beneficiaria.