SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4524)
LV RECICLAMAS 2005, SLU (SOCIEDAD SEGREGADA) RECICLAMAS SERVICE, SL Y RECICLAMAS SELECT 2024, SL (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 142

Miércoles 24 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4524

LV RECICLAMAS 2005, SLU (SOCIEDAD SEGREGADA)
RECICLAMAS SERVICE, SL Y RECICLAMAS SELECT 2024, SL
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023,de 28 de junio (en adelante "RD-L 5/2023"), se hace público que el socio
único de la compañía LV RECICLAMAS 2005, SLU (sociedad segregada ), acordó
en fecha 1 de junio de 2024, aprobar la segregación de dos unidades de negocio a
favor de las sociedades beneficiarias denominadas RECICLAMAS SERVICE SL y
RECICLAMAS SELECT 2024, SL, en los términos establecidos en el proyecto de
segregación conjunta de fecha 31 de mayo de 2024.
La operación implica la segregación de la parte del patrimonio de la Sociedad
Segregada vinculado a, uno al negocio de recogida y tratamiento de residuos y
otra al negocio de transporte y logística, mediante la transmisión en bloque y por
sucesión universal a las Sociedades Beneficiarias, conforme a lo establecido en el
ya mencionado proyecto de segregación, así como la atribución, a las Sociedades
Segregadas, de las acciones resultantes de la ampliación de capital acordada por
la Sociedad Beneficiaria.
Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 71 del RD-L 5/2023, al adoptarse
el acuerdo de segregación por el socio único de la Sociedad Segregada, y al
atribuirse a dicha Sociedad Segregada la totalidad de las participaciones de las
Sociedades Beneficiarias de nueva creación, no resulta necesario publicar o
depositar el proyecto de segregación, y tampoco resultan necesarios ni el informe
de administradores sobre el proyecto de segregación, ni el informe de experto
independiente, ni el balance de segregación.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.1 RD-L 5/
2023[EC1], se hace constar el derecho que asiste a los socios, y a los acreedores,
así como, en su caso, a los representantes de los trabajadores de la Sociedad
Segregada a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y el
balance de segregación, así como el derecho de oposición que pueda
corresponder a los acreedores en el plazo y términos previstos en RD-L 5/2023.
Náquera (Valencia), 18 de julio de 2024.- Administrador único de la sociedad
segregada, Luis Ángel Mas Escudero.

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