SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4478)
LABORATORIOS INNOAGRAL, S.L.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) LABORATORIOS DE ANÁLISIS INNOAGRAL, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 140

Lunes 22 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4478

LABORATORIOS INNOAGRAL, S.L.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
LABORATORIOS DE ANÁLISIS INNOAGRAL, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de
28 de junio, (en adelante, "RDLME), se hace público que con fecha 17 de julio de
2024, el socio único de la entidad LABORATORIOS INNOAGRAL, S.L.U. (en
adelante, "Sociedad Segregada") ejerciendo las funciones propias de Junta
General conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de
Capital, decidió consignar en Acta la Segregación de la Sociedad Segregada
LABORATORIOS INNOAGRAL, S.L.U. mediante el traspaso en bloque y por
sucesión universal de la parte de su patrimonio conformada por la Rama de
Actividad relativa a los servicios de control microbiológico y análisis
agroalimentario; a la Sociedad Beneficiaria de Nueva Constitución e íntegramente
participada LABORATORIOS DE ANÁLISIS INNOAGRAL, S.L.U., quien adquirirá
todos los derechos y obligaciones afectos al patrimonio segregado; todo ello en los
términos que obran en el Proyecto de Segregación, redactado, suscrito y aprobado
por el órgano de administración de la Sociedad Segregada en fecha 14 de junio de
2024, sobre la base del Balance de Segregación cerrados dentro de los seis
meses anteriores al Proyecto y a la adopción de la decisión.
Como consecuencia de la Segregación y conforme a lo dispuesto en el art. 61
RDLME, se adjudicarán a la Sociedad Segregada las participaciones sociales
emitidas por la Sociedad Beneficiaria de Nueva Constitución en contravalor al
patrimonio segregado adquirido
En virtud de lo dispuesto en los artículo 9 y 71 RDLME, dado que la
Segregación se ha adoptado por el socio único (en los términos equivalentes a una
Junta Universal y por unanimidad), que las dos sociedades intervinientes en la
Segregación son sociedades de responsabilidad limitada, y que la segregación se
ha realizado en favor de una sociedad íntegramente participada; no ha resultado
necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Segregación, ni el
Informe de los Administradores sobre el Proyecto, ni el informe de expertos
independientes.

Como consecuencia de la Segregación, del traspaso de la Rama de Actividad,
y de la coincidencia de denominación social, la Sociedad Segregada
LABORATORIOS INNOAGRAL, S.L.U. modificará su denominación social por la
de ABAGAR BUSINESS BROUP, S.L.U.
Asimismo, de conformidad a lo establecido en el RDLME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la
Sociedad Segregada, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el
Proyecto de Segregación, y el Balance de Segregación. De igual forma, se hace

cve: BORME-C-2024-4478
Verificable en https://www.boe.es

No obstante, se hace constar: (i) que se ha emitido el Informe de
Administradores en la sección destinada a los trabajadores, el cual ha sido remitido
a los mismos en los términos y plazos establecidos en el art. 5 RDLME; y (ii) que el
Proyecto de Segregación y el acuerdo contienen el detalle de los elementos de
activo y pasivo que componen el patrimonio segregado a la Sociedad Beneficiaria
de Nueva Constitución e íntegramente participada LABORATORIOS DE ANÁLISIS
INNOAGRAL, S.L.U.