SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4448)
TRANSPORTES LLAURADO HERMANOS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) GARAJE EL RAYO, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 139

Viernes 19 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4448

TRANSPORTES LLAURADO HERMANOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
GARAJE EL RAYO, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 Real Decreto-Ley 5/2023
de 28 de junio de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDL 5/
2023"), se hace público que en el Acta de la junta general extraordinaria y
universal de la Sociedad GARAJE EL RAYO SL (Sociedad Beneficiaria) y el Acta
de consignaciones del socio único de la entidad TRANSPORTES LLAURADO
HERMANOS, S.L.U. (Sociedad Escindida) celebradas ambas el 30 de abril del
2024, consta en cada una, la adopción del acuerdo de escisión parcial y sin
extinción de la sociedad TRANSPORTES LLAURADO HERMANOS SLU,
mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio social, que forma
una unidad económica y rama de actividad, a la sociedad beneficiaria ya existente
denominada GARAJE EL RAYO, S.L., todo ello en los términos y condiciones que
se indican en el Proyecto de Escisión parcial, que ha sido suscrito por el órgano de
administración de las mismas. Como consecuencia de la escisión parcial, la
Sociedad Escindida, ha visto reducido su capital social y reservas, de forma
proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley, dado que el acuerdo de escisión
ha sido aprobada por unanimidad, siendo de aplicación el artículo 9 del RDL 5/
2023. Asimismo, de acuerdo con los artículos 53 por remisión del artículo 63 del
RDL 5/2023, y dado que la sociedad beneficiaria es el socio único de la sociedad
escindida parcialmente, no procede aumento de capital de la nueva sociedad.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de
los acuerdos adoptados, así como el balance de Escisión.
Figueres, 1 de julio de 2024.- El administrador único de la sociedad escindida y
de la beneficiaria, Antonio Llaurado Vilanova.

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