SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4440)
HAVEN ENERGY, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) HAVEN RENEWABLES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 139

Viernes 19 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4440

HAVEN ENERGY, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HAVEN RENEWABLES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales) se hace público que el socio único de Haven Energy,
S.L.U. (Sociedad Absorbente) y la junta general de socios de Haven Renewables,
S.L. (Sociedad Absorbida y, junto con la Sociedad Absorbente, las Sociedades
Participantes), han aprobado en fecha 12 de julio de 2024, la fusión de Haven
Energy, S.L.U., como Sociedad Absorbente, y Haven Renewables, S.L., como
Sociedad Absorbida, mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal, a
favor de la Sociedad Absorbente de la totalidad del patrimonio de la Sociedad
Absorbida, con la consiguiente sucesión en todas las relaciones jurídicas y la
extinción de la Sociedad Absorbida, la cual se disolverá sin posterior liquidación (la
Fusión). Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión
redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades
Participantes el 30 de mayo de 2024 (el Proyecto Común de Fusión).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales, dado que (i) la Sociedad Absorbida aprobó la Fusión
en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, (ii) la
Sociedad Absorbente es una sociedad unipersonal y, por consiguiente, aprobó la
Fusión necesariamente en junta universal y por unanimidad, y (iii) no existiendo
ninguna otra persona que de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las
Sociedades Participantes pudiesen ejercer legítimamente el derecho de voto, no
resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto Común de Fusión ni
los restantes documentos previstos en el artículo 46 del Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales. Por los mismos motivos, se hace constar que
tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular
observaciones al Proyecto Común de Fusión previsto en el artículo 7.1.2º del Real
Decreto-ley de Modificaciones Estructurales.
Asimismo, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley de
Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los

cve: BORME-C-2024-4440
Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar que la valoración del patrimonio de la Sociedad Absorbida
asciende a 96.535.202,22 euros, de acuerdo con los valores que resultan del
balance de la Sociedad Absorbida a 30 de diciembre de 2024. Igualmente, se
manifiesta que, como consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbente
aumentará su capital social en quinientos cuarenta mil cien euros (540.100 euros),
mediante la creación de quinientas cuarenta mil cien participaciones sociales, de
un euro (1,00 euro) de valor nominal cada una de ellas, numeradas
correlativamente de la 3.459.901 a la 4.000.000, con una prima de asunción total
de veinte millones seiscientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis con
sesenta y siete céntimos de euro (20.676.486,67 euros) en los términos del
Proyecto Común de Fusión. Así, la Sociedad Absorbente tendrá tras la Fusión un
capital social de cuatro millones de euros (4.000.000 euros) representado por
cuatro millones (4.000.000) de participaciones sociales, de un euro de valor
nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 4.000.000,
ambas inclusive.