SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4403)
LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 137

Miércoles 17 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

4403

LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley
de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General Extraordinaria
de accionistas de la sociedad LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U. en la
reunión de su Accionista Único de fecha 19 de junio de 2024 ha acordado la
reducción de capital en 3.770.732,50 euros, con la finalidad de devolver parte del
valor de las aportaciones sociales al Accionista Único.
El acuerdo de reducción de capital es el que a continuación se reseña:
Acto seguido, el Accionista Único acuerda reducir el capital social de la
compañía en el importe de 3.770.732,50 Euros, reduciéndose el capital social
desde la cifra de 124.572.742,38 Euros a la cifra de 120.802.009,88 Euros, con la
finalidad de devolver parte del valor de las aportaciones sociales al Accionista
Único y se efectúa mediante la disminución por igual del valor nominal de todas y
cada una de las acciones en 0,0566160485888128 Euros, pasando a ser el valor
nominal de cada acción de 1,81379412647079000 Euros por acción.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de un mes
desde la finalización del derecho de oposición de los acreedores previsto en el
artículo 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el cual
habrá de ser abonado al Accionista Único, Atlantica Infraestructura Sostenible,
S.L.U., el importe de 3.770.732,50 Euros, mediante la compensación por parte de
la Sociedad de los créditos que ostenta frente al Accionista Único por un importe
total de 3.770.732,50 Euros. Dichos créditos provienen del contrato de Préstamo
Intercompany suscrito en el día de hoy, entre la Sociedad y el Accionista Único.
Del mismo modo, se hace constar expresamente que el 100% de los créditos
compensados en virtud de este acuerdo de reducción de capital, se encuentran, a
la fecha del presente acta, totalmente líquidos, vencidos y exigibles. Asimismo, el
importe de los créditos se corresponde con los datos arrojados por la contabilidad
social.
En consecuencia con lo anterior, el Accionista Único acuerda modificar el
artículo 5 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo quedará con la siguiente
redacción:

El capital social es ciento veinte millones ochocientos dos mil nueve euros con
ochenta y ocho céntimos (120.802.009,88.- Euros) dividido en sesenta y seis
millones seiscientas una mil ochocientas treinta y una (66.601.831) acciones
nominativas de 1,81379412647079000 Euros de valor nominal cada una,
integradas en una sola clase y serie y numeradas correlativamente de la uno (1) a
la sesenta y seis millones seiscientas una mil ochocientas treinta y una
(66.601.831) ambas inclusive.
Así mismo, se dejará constancia de la disminución del valor nominal de las
referidas acciones en el Registro Contable de Acciones de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición
a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de

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"Artículo 5º. Capital Social