SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4392)
ARTÁ CAPITAL S.G.E.I.C., S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ARTÁ PARTNERS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 137

Miércoles 17 de julio de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4392

ARTÁ CAPITAL S.G.E.I.C., S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARTÁ PARTNERS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

A efectos de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de
junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público
lo siguiente:
- El 27 de mayo de 2024, los órganos de administración de las sociedades
arriba indicadas aprobaron y suscribieron de forma conjunta un proyecto y un
informe en relación con la fusión entre Artá Capital S.G.E.I.C., S.A.U., como
sociedad absorbente, y Artá Partners, S.A., como sociedad absorbida.
- El 27 de junio de 2024, la junta general de accionistas y el accionista único,
según el caso, de las sociedades mencionadas aprobaron la fusión indicada en los
términos contenidos en el referido proyecto común.
- En virtud de la fusión, Artá Partners, S.A. se extingue y transmite en bloque
todo su patrimonio, adquiriendo Artá Capital S.G.E.I.C., S.A.U., por sucesión
universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de Artá Partners, S.A.
- Artá Capital S.G.E.I.C., S.A.U. está participada íntegra y directamente por
Artá Partners, S.A., por lo que la fusión se ejecutará como una fusión especial
conforme al artículo 53 (por remisión del artículo 56.1 in fine) de la LME.
- Las sociedades referidas han elaborado sus respectivos balances de fusión
sobre la base de los balances de sus cuentas anuales, cerrados a 31 de diciembre
de 2023, debidamente auditados y aprobados por la junta general de accionistas y
el accionista único, según el caso, de dichas sociedades.
- Dado que la sociedad absorbente es una entidad regulada por la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, se hace constar que la eficacia de la fusión está
condicionada a la obtención de la correspondiente autorización previa por parte del
mencionado organismo. Dicha autorización ha sido solicitada.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de
las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los correspondientes balances de fusión, junto con sus informes de
auditoría.

ID: A240033582-1

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cve: BORME-C-2024-4392
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En Madrid, 9 de julio de 2024.- D. Ramón Carné Casas, Presidente de los
consejos de administración de Artá Capital S.G.E.I.C., S.A.U. y Artá Partners, S.A.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958