SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-2119)
REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 90

Viernes 10 de mayo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

2119

REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 305.2 de la Ley de Sociedades de
Capital ("LSC") se hace pública la oferta de suscripción de 117.500 nuevas
acciones ordinarias de REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. (la "Sociedad"),
nominativas, de 60,101210.-€ de valor nominal cada una de ellas, y con una prima
de emisión de 305,33879.-€ por acción, lo que supone un desembolso total de
365,44.-€ por acción, con cargo a aportaciones dinerarias, según se deriva del
acuerdo adoptado por la Junta General extraordinaria de la Sociedad celebrada el
25 de agosto de 2023. Dichas acciones otorgarán los derechos y obligaciones
propios de la clase ordinaria a partir de la fecha en que el Consejo de
administración declare haberse cerrado su suscripción y desembolso.
Las acciones emitidas se ofrecen a todos los accionistas de la Sociedad para
que puedan ejercitar el derecho de suscripción preferente que les reconoce el art.
304 de la LSC, durante el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, pudiendo suscribir un número
de nuevas acciones ordinarias proporcional al valor nominal de las acciones que
posea, ya sean ordinarias o de clase especial.
El desembolso de las acciones suscritas, esto es su valor nominal junto con la
totalidad de la prima de emisión correspondiente, deberá efectuarse en efectivo
metálico mediante: (a) ingreso en las cuentas corrientes abiertas a nombre de la
Sociedad que figuran en la página web de la Sociedad (www.realbetisbalompie.es)
o (b) en el domicilio social, bajo el concepto "aumento de capital". Dicho
desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización del plazo
de un mes establecido para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.
Si, tras ese periodo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, no
se hubieran suscrito todas las acciones, se iniciarán sucesivas rondas de
suscripción en las que estarán legitimados quienes hayan suscrito la totalidad de
las acciones a las que tenían derecho durante la ronda inmediatamente anterior.
La Sociedad publicará en el área privada de accionistas de la página web
corporativa el listado de destinatarios de cada una de las rondas de suscripción
siguientes.

El Consejo de administración modificará el artículo 5 de los estatutos sociales,
relativo al capital social, en la medida que sea procedente, de acuerdo con el
número de acciones que hayan sido efectivamente suscritas e íntegramente
desembolsadas, tal y como se acordó en la Junta General de la Sociedad.
Sevilla, 8 de mayo de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, D.
Ángel Haro García.
ID: A240021041-1

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En todo caso, el capital social quedará aumentado en la cuantía
correspondiente a las acciones que sean efectivamente suscritas e íntegramente
desembolsadas por su valor nominal y la prima de emisión correspondiente
durante todas las rondas de suscripción previstas, puesto que se prevé
expresamente la posibilidad de suscripción incompleta al amparo del art. 311.1 de
la LSC.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958