SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-2052)
DEKITRA, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 89

Jueves 9 de mayo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

2052

DEKITRA, S.A.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que el accionista único de Dekitra,
S.A., (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad"), en el ejercicio de las competencias
propias de la junta general extraordinaria y universal de accionistas, ha acordado
con fecha 18 de abril de 2024 la reducción del capital social en la suma de veintiún
mil veintiocho euros con noventa y nueve céntimos de euro (21.028,99.-€),
mediante la amortización de tres mil cuatrocientas noventa y nueve (3.499)
acciones propias titularidad de la Sociedad en régimen de autocartera, de seis
euros con un céntimo de euro (6,01.-€) de valor nominal cada una de ellas,
numeradas de la 13.999 a la 17.497, ambas inclusive.
El capital social resultante de la reducción de capital queda fijado en ochenta y
cuatro mil ciento veintisiete euros con noventa y ocho céntimos de euro
(84.127,98.-€), representado por trece mil novecientas noventa y ocho (13.998)
acciones nominativas, de seis euros con un céntimo de euro (6,01.-€) de valor
nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 13.998, ambas
inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.
La finalidad de la mencionada reducción es la amortización de acciones
propias que la Sociedad tiene en autocartera. La reducción no entraña devolución
de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.
La reducción de capital social se ha realizado con cargo al capital social,
mediante la dotación de la reserva por capital amortizado por un importe igual al
valor nominal de las acciones amortizadas, esto es, veintiún mil veintiocho euros
con noventa y nueve céntimos de euro (21.028,99.-€), de la que sólo será posible
disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 335 apartado c) de la LSC. En
consecuencia, conforme a lo previsto en dicho precepto no habrá lugar al derecho
de oposición de los acreedores al que se refiere el artículo 334 de la LSC en
relación con el acuerdo de reducción de capital.
La reducción de capital social quedó ejecutada en el momento de su
aprobación por el accionista único el 18 de abril de 2024.
En Lantarón (Araba), 24 de abril de 2024.- La Administradora Única, Jeszabe
2001, S.L., a través de su representante persona física, Doña Leire Azanza García.

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