SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-1939)
PROMOCIONES RUIZ, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 88

Miércoles 8 de mayo de 2024

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Los estatutos podrán fijar un porcentaje menor, siempre que sea superior al cinco
por ciento del capital social. La vulneración del derecho de información previsto en
el apartado 2 solo facultará al accionista para exigir el cumplimiento de la
obligación de información y los daños y perjuicios que se le hayan podido causar,
pero no será causa de impugnación de la junta general. En el supuesto de
utilización abusiva o perjudicial de la información solicitada, el socio será
responsable de los daños y perjuicios causados.
Derecho de información del socio: de conformidad con lo previsto en el artículo
272 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la convocatoria de la junta
general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y
gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma,
así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas.
Salvo disposición contraria de los estatutos, durante ese mismo plazo, el socio o
socios de la sociedad de responsabilidad limitada que representen al menos el
cinco por ciento del capital podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión
de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de
las cuentas anuales.
Los demás requisitos de asistencia a la Junta o de representación en la misma
son los que constan en los estatutos de la sociedad, y en su defecto en la Ley de
Sociedades de Capital.
Cordoba, 3 de mayo de 2024.- Administrador único, Manuel Ruiz Uceda.

cve: BORME-C-2024-1939
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958