SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1966)
CLUB UNION DEPORTIVA LAS PALMAS, SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 88

Miércoles 8 de mayo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

1966

CLUB UNION DEPORTIVA LAS PALMAS, SOCIEDAD ANONIMA
DEPORTIVA.

El 22 de diciembre de 2023, la Junta General Extraordinaria de accionistas de
CLUB UNION DEPORTIVA LAS PALMAS S.A.D., de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, acordó
aumentar el capital social y facultar al Consejo de Administración para que fije los
términos y las condiciones de la ampliación.
En ejercicio de las facultades delegadas por la Junta General, el Consejo de
Administración acordó con fecha 29 de abril de 2024 que la ampliación de capital
se ejecute en los siguientes términos:
1º.- Ampliar el capital social en la cantidad de Quinientos mil ochenta euros
(500.080€), mediante la creación y puesta en circulación de 5.320 nuevas acciones
nominativas, de 94 euros de valor nominal cada una, siendo el valor de emisión
coincidente con su valor nominal, de la misma clase, serie y con los mismos
derechos de las actualmente en circulación, reconociendo el derecho de
suscripción preferente de los actuales accionistas en proporción al valor nominal
de las que posean.
2º.- El desembolso del valor nominal de las acciones que se deseen suscribir
deberá realizarse mediante ingreso en la cuenta que la Sociedad tiene en
"Cajasiete" (ES91-3076-0760-2324-7056-2923), indicando en el concepto el
nombre y apellidos del suscriptor, su D.N.I. y el número de acciones que desea
suscribir.
3º.- Se establecerán tres fases de suscripción:
a) Fase 1: En el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta
de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil los
accionistas podrán ejercer el derecho de suscripción preferente. Para ejercitar el
derecho será necesario figurar como titular de las acciones antiguas en el libro
registro de acciones nominativas.
b) Fase 2: Si transcurrido el anterior plazo la ampliación no hubiera quedado
suscrita en su totalidad, los accionistas que hubieran suscrito acciones en la
primera fase podrán suscribir cuantas acciones deseen de las no suscritas en el
plazo de siete días. En caso de que las solicitudes de suscripción recibidas
superen el de acciones disponibles se procederá a su asignación proporcional de
acuerdo con el porcentaje de acciones de cada suscriptor antes de la presente
ampliación de capital.

4º.- Si el aumento de capital no se suscribiera íntegramente en las fases y
plazos señalados anteriormente, el capital sólo se aumentará en la cuantía de las
suscripciones efectuadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 311 del Texto
Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Las Palmas de Gran canaria, 29 de abril de 2024.- El Presidente del Consejo
de Administración, Miguel Ángel Ramírez Alonso.
ID: A240019917-1

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c) Fase 3: Si transcurrido el anterior plazo la ampliación no hubiera quedado
suscrita en su totalidad, se abriría el periodo de suscripción a terceros no
accionistas, por el plazo de siete días.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958