SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1838)
J.G.B. 2005, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 86

Lunes 6 de mayo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

1838

J.G.B. 2005, S.A.

Se comunica, con base en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital ("TRLSC") que la Junta General Extraordinaria de
accionistas de la sociedad J.G.B. 2005, S.A. (la "Sociedad") celebrada con carácter
universal, ha acordado, por unanimidad, en reunión celebrada el 8 de abril de 2024
y a propuesta del órgano de administración, reducir el capital social de la Sociedad
hasta la cantidad máxima de UN MILLÓN NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA EUROS (1.098.690€), mediante la adquisición de un máximo de
109.869 acciones propias para su amortización, autorizando al órgano de
administración, aprobándose la oferta de adquisición a razón de 12,50 euros por
acción, oferta que fue comunicada a todos los accionistas mediante carta
certificada con acuse de recibo.
Que en Junta General Extraordinaria de accionistas celebrada con carácter
universal el día 17 de abril de 2024, los accionistas interesados en acudir a la
oferta de adquisición, manifestaron su intención de acudir a la misma; los
accionistas no interesados en acudir a la oferta de adquisición, manifestaron
expresamente su intención de no transmitir sus participaciones, y su renuncia
expresa a ejercer cualquier derecho de adquisición preferente que pudiese
corresponderles; se acordó por unanimidad renunciar expresamente al
cumplimiento del plazo de un mes previsto en la oferta de adquisición para el
ejercicio de la aceptación de la oferta, aprobándose la cifra de capital social
resultante y la correspondiente modificación del artículo 5 de los Estatutos
Sociales.
Esta reducción de capital social se realiza mediante la adquisición de acciones
propias de la Sociedad a los accionistas para su posterior amortización en los
términos previstos en el artículo 338 y siguientes del TRLSC.

Se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la amortización
de las acciones en autocartera y no ha entrañado devolución de aportaciones a los
accionistas, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas, y se
realiza con cargo a reservas de libre disposición, mediante la dotación de la
reserva por capital amortizado, por un importe igual al valor nominal de las
acciones amortizadas, de la que solo será posible disponer con los mismos
requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo
previsto en el artículo 335 c) del TRLSC. En consecuencia, conforme a lo señalado
en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de
oposición al que se refiere el artículo 334 del TRLSC.
Vigo, 25 de abril de 2024.- La Administradora Solidaria, Patricia GonzálezBabé Villaverde.
ID: A240019011-1

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La cifra de capital social resultante tras la reducción del capital social
aprobada, queda determinada en UN MILLÓN NOVENTA Y OCHO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA EUROS (1.098.690€) divido en CIENTO NUEVE MIL
OCHOCIENTAS SESENTA Y NUEVE (109.869) acciones s de DIEZ EUROS de
valor nominal, habiéndose aprobado la correspondiente modificación del artículo 5
de los Estatutos Sociales relativa al capital social según los acuerdos adoptados.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958