SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1743)
NAVES ONTÍGOLA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERCOM BRAVO, S.L. ALEMAG NORTE, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 84

Martes 30 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1743

NAVES ONTÍGOLA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERCOM BRAVO, S.L.
ALEMAG NORTE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea, en adelante, "LME", anunciamos el Acuerdo de
Fusión por absorción de la sociedad INVERCOM BRAVO S.L, y de la sociedad
ALEMAG NORTE S.L, como "Sociedades Absorbidas" por parte de la sociedad
NAVES ONTÍGOLA S.L, como "Sociedad Absorbente" de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 53 de la LME, para fusiones por absorción de sociedades
íntegramente participadas, sobre la base del Proyecto Común de Fusión, de fecha
25/03/24, con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y
adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente.
La fusión ha sido adoptada conforme al Proyecto común de Fusión redactado
por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes, de fecha
25/03/24, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de
la LME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente
es titular de forma directa e indirecta de todas las participaciones sociales en que
se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, y, por tanto, simplificada en
cuanto al cumplimiento de ciertos requisitos formales.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 y 13 de la LME se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cualquiera de las
sociedades participantes a obtener el texto íntegro del Acuerdo de Fusión y de los
respectivos Balances de Fusión, así como el derecho de todos los acreedores de
cualquiera de las sociedades participantes a oponerse a la Fusión en los términos
y con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes a contar desde la
fecha de la publicación del Acuerdo de Fusión, sin perjuicio de que el ejercicio de
dicho derecho no paralizará la operación, ni impedirá su inscripción en el Registro
Mercantil. Se hace constar que la anterior información está, asimismo, a
disposición de los acreedores para examinarla en el domicilio social de dichas
sociedades o, si así lo solicitan, mediante la entrega o envío gratuito de dicha
información.
Ampuero, 18 de abril de 2024.- Cristina Bravo Pérez, como administradora
solidaria de Naves Ontígola, S.L., y de Invercom Bravo S.L. y, Alfonso Bravo Ruiz,
como Administrador solidario de Alemag Norte, S.L.
ID: A240018596-1

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Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 9 y 10 de la LME, el acuerdo de
fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de las
Sociedades o en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por
la LME y sin informe de administradores sobre el Proyecto común de Fusión, por
haberse aprobado el Acuerdo de fusión de forma unánime por todos los socios de
la Sociedades participantes en Junta Extraordinaria Universal.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958