SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1699)
VIVIFELICE SLU (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUXESIS INVESTIMENTI SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 83

Lunes 29 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1699

VIVIFELICE SLU (SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUXESIS INVESTIMENTI SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Con fecha 23 de abril de 2024, el socio único de VIVIFELICE SLU, ejerciendo
las competencias de Junta General, Extraordinaria y Universal, ha adoptado la
decisión de aprobar la fusión por absorción por parte de VIVIFELICE SLU
(Sociedad absorbente) de la mercantil AUXESIS INVESTIMENTI SLU (sociedad
absorbida), entidad íntegramente participada por la primera, siendo de aplicación a
dicha fusión el régimen simplificado previsto en el Real Decreto-Ley 5/2023 de 28
de junio, de modificaciones estructurales (en lo sucesivo la Ley), con las
especialidades previstas en los artículos 9 y 53 de dicha normativa.
Por medio de la referida operación de fusión por absorción la sociedad
absorbida, AUXESIS INVESTIMENTI SLU, se extinguirá, mediante su liquidación
sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque y por sucesión universal de
su patrimonio a favor de VIVIFELICE SLU (Sociedad absorbente)
La fusión se realiza en los términos del proyecto común de fusión aprobado por
los órganos de administración de VIVIFELICE SLU y AUXESIS INVESTIMENTI
SLU, con fecha 23 de abril de 2024, utilizando como balances de fusión de ambas
sociedades los cerrados a 31 de marzo de 2024.
Al ser ambas sociedades participantes en la fusión unipersonales, y tratarse de
una fusión de sociedad íntegramente participada, en aplicación de lo dispuesto en
los artículos 9 y 53 de la Ley, no ha sido necesario informe de los administradores,
ni anuncio de la convocatoria de la Junta por la que se acordó la fusión, ni tampoco
la previa publicación o depósito de los documentos exigidos en el artículo 46 de la
Ley.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de
fusión. A su vez, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley, los acreedores de cada
una de las sociedades podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo
que resulten de aplicación, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del
último anuncio de fusión.
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de abril de 2024.- Administrador Único de
Vivifelice SLU (Sociedad absorbente) y Auxesis Investimenti SLU (Sociedad
absorbida), Luca Romito.

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