SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1654)
FRAN Y CHEMI SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) FRAPACHE CANARIAS SOCIEDAD LIMITADA. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 82

Viernes 26 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

1654

FRAN Y CHEMI SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
FRAPACHE CANARIAS SOCIEDAD LIMITADA.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3
de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, por
remisión del artículo 73 de la misma, se hace público que los socios de la Sociedad
Fran y Chemi, Sociedad Limitada (la "Sociedad Escindida Parcialmente"),
ejerciendo las competencias de la Junta General de dicha sociedad, con fecha 29
de diciembre de 2023, ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a
favor de la sociedad de Nueva Creación Frapache Canarias, Sociedad Limitada (la
"Sociedad Beneficiaria").
La escisión parcial implicará la transmisión en bloque, por sucesión universal
de la parte del patrimonio que constituye la rama de actividad de arrendamiento, en
los términos del proyecto de escisión aprobado por el administrador único de la
Sociedad Escindida, sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia
de la escisión.
Se trata de una escisión parcial simplificada, al tratarse una escisión por
constitución de nueva sociedad. De conformidad con el artículo 78 bis de la L.M.E.
no es necesario el informe de expertos independiente, ni el informe de los
administradores, ni el balance de escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial
adoptado, dirigiéndose al domicilio social de la Sociedad Escindida.
Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que les corresponde a los
acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales del artículo 44
de la L.M.E, los cuales podrán ejercitar en el plazo de un mes contado desde la
fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio, según se
establece en la legislación vigente.
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de abril de 2024.- Administrador único,
Francisco del Pino Ramírez Ramírez.

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