SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1494)
PUIG BRANDS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 78

Lunes 22 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

1494

PUIG BRANDS, S.A.

Reducción de capital social para atender la solicitud de ejercicio del derecho de
conversión de acciones de la Clase A en acciones de la Clase B de la Sociedad
realizada por el accionista titular de acciones de la Clase A.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital"), se comunica que el
Consejo de Administración de Puig Brands, S.A. (la "Sociedad"), en su reunión del
16 de abril de 2024 como punto cuarto del orden del día, y a los efectos de permitir
el ejercicio del derecho de conversión de acciones de la Clase A, con un valor
nominal de 0,30 euros por acción, en acciones de la Clase B, con un valor nominal
de 0,06 euros por acción, según lo previsto en el artículo 5bis de los Estatutos
Sociales de la Sociedad, acordó reducir el capital social de la Sociedad por
disminución del valor nominal de un número máximo de acciones de la Clase A.
Como consecuencia de la reducción de capital, las acciones de la Clase A
afectadas por dicha conversión (las "Acciones Afectadas por la Conversión")
pasarán a tener un valor nominal de 0,06 euros por acción, integrándose dentro de
las acciones de la Clase B de la Sociedad de conformidad con lo previsto en el
artículo 5bis de los Estatutos Sociales de la Sociedad.

La mencionada reducción de capital se realizará con cargo a reservas libres,
mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por el importe
equivalente al importe de la reducción de capital que finalmente se determine, de la
que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la
reducción de capital, en aplicación de lo previsto en el artículo 335.c) de la Ley de
Sociedades de Capital. El importe máximo de la dotación de la reserva por capital
amortizado será equivalente al Importe Máximo de la Reducción de Capital, esto
es, cuatro millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco
euros con veintiocho céntimos (4.254.545,28 €), y quedará fijado definitivamente
una vez se ejecute la reducción de capital.
Conforme a lo señalado en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de
Capital, y en vista de que no existirá transferencia de recursos ni se verán
afectados los activos de la Sociedad, los acreedores de la Sociedad no tendrán el
derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de

cve: BORME-C-2024-1494
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Por consiguiente, en atención a que el Consejo de Administración de la
Sociedad determinó que el número máximo de Acciones Afectadas por la
Conversión era de 17.727.272 acciones de la Clase A (el "Número Máximo de
Acciones Afectadas por la Conversión"), el importe máximo de la reducción de
capital quedó fijado por el Consejo de Administración de la Sociedad en cuatro
millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco euros con
veintiocho céntimos (4.254.545,28 €) (el "Importe Máximo de la Reducción de
Capital").Tanto el número exacto de las Acciones Afectadas por la Conversión
como el importe final de la reducción de capital serán determinados por el Consejo
de Administración, o por quien éste haya delegado esta facultad, en el momento de
ejecución del derecho de conversión y la correspondiente reducción de capital, no
pudiendo ser, en ningún caso, superior al Número Máximo de Acciones Afectadas
por la Conversión ni al Importe Máximo de la Reducción de Capital,
respectivamente.