SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1335)
HELIOENERGY ELECTRICIDAD DOS, S.A.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 74

Martes 16 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

1335

HELIOENERGY ELECTRICIDAD DOS, S.A.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley
de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General Extraordinaria
de accionistas de la sociedad HELIOENERGY ELECTRICIDAD DOS, S.A.U. en la
reunión de su Accionista Único de fecha 25 de marzo de 2024 ha acordado la
reducción de capital en 5.111.721 euros, con la finalidad de devolver parte del
valor de las aportaciones sociales al Accionista Único.
El acuerdo de reducción de capital es el que a continuación se reseña:
Acto seguido, el Accionista Único acuerda reducir el capital social de la
compañía en el importe de 5.111.721 Euros, reduciéndose el capital social desde
la cifra 48.005.679 Euros a la cifra de 42.893.958 Euros, con la finalidad de
devolver parte del valor de las aportaciones sociales al Accionista Único y se
efectúa mediante la disminución por igual del valor nominal de todas y cada una de
las acciones en 0,1196627097161330 euros, pasando a ser el valor nominal de
cada acción de 1,00412507739173000 euros por acción.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de un mes
desde la finalización del derecho de oposición de los acreedores previsto en el
artículo 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el cual
habrá de ser abonado al Accionista Único, Écija Solar Inversiones, S.A.U., el
importe de 5.111.721 Euros mediante la compensación por parte de la Sociedad
de los créditos que ostenta frente al Accionista Único por un importe total de
5.111.721 Euros. Dichos créditos provienen del contrato de Préstamo
Intercompany suscrito en el día de hoy, entre la Sociedad y el Accionista Único.
Del mismo modo, se hace constar expresamente que el 100% de los créditos
compensados en virtud de este acuerdo de reducción de capital, se encuentran, a
la fecha del presente acta, totalmente líquidos, vencidos y exigibles. Asimismo, el
importe de los créditos se corresponde con los datos arrojados por la contabilidad
social.
En consecuencia con lo anterior, el Accionista Único acuerda modificar el
artículo 5 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo quedará con la siguiente
redacción:

El capital social es cuarenta y dos millones ochocientos noventa y tres mil
novecientos cincuenta y ocho euros (42.893.958 Euros), dividido en cuarenta y dos
millones setecientas diecisiete mil setecientas cuarenta y cuatro (42.717.744)
acciones nominativas de 1,00412507739173000 Euros de valor nominal cada una
y numeradas correlativamente de la uno (1) a la cuarenta y dos millones
setecientas diecisiete mil setecientas cuarenta y cuatro (42.717.744) acciones,
ambas inclusive. Existirán dos clases de acciones, acciones Clase A y acciones
Clase B. […]
Así mismo, se dejará constancia de la disminución del valor nominal de las
referidas acciones en el Registro Contable de Acciones de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición

cve: BORME-C-2024-1335
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"Artículo 5º. Capital Social