SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1191)
PROMOLOTS INTEGRALES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LOTS, LAND & RENT, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) GESCASYSTEMS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 69

Martes 9 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1191

PROMOLOTS INTEGRALES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOTS, LAND & RENT, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
GESCASYSTEMS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio,
se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de
PROMOLOTS INTEGRALES, S.L. (sociedad absorbente) celebrada el 26 de
marzo de 2024, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de LOTS,
LAND & RENT, S.L. (sociedad absorbida) celebrada el 26 de marzo de 2024 y la
Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de GESCASYSTEMS, S.L.
(sociedad absorbida) celebrada el 26 de marzo de 2024, acordaron la fusión por
absorción en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 26
de marzo de 2024, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 53.1, en
relación con el artículo 56.1, del referido Real Decreto-Ley, en virtud del cual
PROMOLOTS INTEGRALES, S.L. absorbe a LOTS, LAND & RENT, S.L. y a
GESCASYSTEMS, S.L., las cuales se extinguen, transmitiendo sus patrimonios a
favor de la absorbente, quien adquiere, por sucesión universal todos los derechos
y obligaciones de aquellas.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023. Asimismo, se hace constar el derecho de protección a los socios y de
oposición que asiste a los acreedores de éstas, durante el plazo de un mes, a
contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los
términos de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y
sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para
el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión en Junta Universal y por
unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la
fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del Real
Decreto-Ley 5/2023, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de
publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el Real Decreto-Ley
5/2023 y sin informe de los Administradores para el Proyecto Común de Fusión.
Culleredo (A Coruña), 1 de abril de 2024.- D. Iago Caamaño Figueira y Dña.
Vanessa Mahía Solís como Administradores Mancomunados de Promolots

cve: BORME-C-2024-1191
Verificable en https://www.boe.es

Teniendo en cuenta que tanto la sociedad absorbente como las sociedades
absorbidas están participadas de forma integra y directa por socios con idéntica
participación en todas ellas (artículo 56 del Real Decreto-Ley 5/2023), la fusión es
considerada como un supuesto asimilado a la absorción de sociedades
íntegramente participadas en los términos previstos en el artículo 53 del Real
Decreto-Ley 5/2023, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado
de fusiones especiales no resultando necesario para la fusión: (i) la inclusión en el
Proyecto Común de Fusión de las menciones 3, 5, 6 y 7 del artículo 40 del Real
Decreto-Ley 5/2023 (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el
Proyecto Común de Fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y
(iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de las Sociedades Absorbidas.