SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1186)
LPA ALIMENTACION, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ALPACIA GESTIÓN S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 69

Martes 9 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1186

LPA ALIMENTACION, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALPACIA GESTIÓN S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante,
"LME"), se hace público que, con fecha 21 de marzo de 2024, la Junta general
extraordinaria y universal de socios de la mercantil "LPA ALIMENTACION, S.L.", y
la junta general extraordinaria y universal de socios de la mercantil "ALPACIA
GESTIÓN, S.L., acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades,
mediante la absorción de la sociedad "ALPACIA GESTIÓN, S.L..", por la mercantil
"LPA ALIMENTACION, S.L.., con disolución y sin liquidación de la sociedad
absorbida, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, la totalidad del
patrimonio a la sociedad absorbente, de acuerdo con el proyecto común de fusión
formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la
fusión en fecha 20 de marzo de 2024, y subrogándose en todos los derechos y
obligaciones de la absorbida.
Dado que ambas sociedades tienen los mismo socios y ostentan además en
ambas sociedades la misma proporción del capital social, el 50% cada uno de
ellos, y de conformidad con el artículo 53.1 de la mencionada Ley, no procede
establecer tipo de canje de las participaciones., ni ampliar el capital social de la
sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por los mismos socios de la
sociedad absorbida, si bien, en este caso sí que se va a producir un aumento de
capital en la sociedad absorbente que será suscrito por los socios en la misma
proporción que ostentaban en ambas sociedades, es decir, el 50% cada uno de
ellos, y por tanto se produce el canje de sus participaciones de la sociedad
absorbida.
Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos
independientes sobre el proyecto común de fusión ni tampoco incluir en el mismo
las menciones 5.ª, 7.ª y 8ª del artículo 40 del citado Real Decreto-ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los
acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro
de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de
las mismas.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se
fusionan podrán ejercitar los derechos de protección que les concede el Real
Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio que regula las modificaciones estructurales
especialmente lo previsto en los artículos 12 y 13.
Alcoy, 28 de marzo de 2024.- Los Administradores solidarios de las mercantiles

cve: BORME-C-2024-1186
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Se aprobaron los respectivos Balances de fusión, cerrados a 30 de septiembre
de 2.023 el de la sociedad absorbente, es decir, LPA ALIMENTACION, S.L. y a 31
de diciembre de 2023 el de la sociedad absorbida, es decir, ALPACIA GESTIÓN,
S.L. y las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a
efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir de la fecha de
elevación a público del acuerdo de fusión, todo ello por así estar contemplado
expresamente en el Proyecto de Fusión.