SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-1170)
ALMIRALL, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 9 de abril de 2024

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ASISTENCIA TELEMÁTICA
Todo accionista (o su representante) que tenga derecho de asistencia a la
Junta General de Accionistas podrá también asistir a la Junta General mediante el
empleo de medios telemáticos que garanticen debidamente la identidad del sujeto
y que permitan la conexión en tiempo real con el recinto donde se desarrolle la
Junta General. La indicada asistencia telemática a la Junta General se sujetará a lo
previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, a la Ley y a las
siguientes reglas básicas, que podrán ser complementadas y desarrolladas por las
que se publiquen en la página web de la Sociedad (www.almirall.com).
Para garantizar la identidad de los asistentes, el correcto ejercicio de sus
derechos y el adecuado desarrollo de la reunión, los accionistas que deseen
utilizar los mecanismos de asistencia telemática deberán registrarse previamente a
través de los medios habilitados para la asistencia telemática a la Junta General en
la página web de la Sociedad (www.almirall.com), desde las 10:00 horas hasta las
12:45 horas del día de celebración de la Junta General de Accionistas (esto es, del
día 10 de mayo de 2024 en primera convocatoria y, en su caso, del día 11 de mayo
de 2024 en segunda convocatoria). Con posterioridad a esta última hora, no se
admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia
telemática.
Este requisito de registro previo no será aplicable a los representantes, a los
que la Sociedad – una vez verificada la condición de accionista de sus
representados – dará acceso a la plataforma de asistencia telemática para que
puedan conectarse a ella de conformidad con lo dispuesto en el presente anuncio.
El accionista que desee asistir a la Junta de Accionistas de forma telemática
deberá identificarse en el indicado registro previo mediante la firma electrónica
reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de
Firma Electrónica, siempre que esté basada en un certificado electrónico
reconocido respecto del cual no conste su revocación y que (i) sea un Certificado
Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española
(CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o (ii) se halle
incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de
conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se
regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de
firma electrónica.
En el caso de los representantes, para que éstos puedan registrarse para
asistir telemáticamente a la Junta General con acciones que no sean de su
titularidad, en el supuesto en el que la delegación no se haya hecho llegar a la
Sociedad mediante comunicación electrónica, deberá acreditar la delegación y su
identidad mediante su envío por correo electrónico (inversores@almirall.com) de la
tarjeta de asistencia y delegación del accionista, debidamente cumplimentada y
firmada, junto con una copia del D.N.I. o cualquier otro documento oficial en vigor
generalmente aceptado a estos efectos del representante, hasta las 23:59 del día 9
de mayo de 2024. En el caso de accionistas persona jurídica, deberá asimismo
acreditarse la representación de su representante mediante el envío por correo
electrónico (inversores@almirall.com) de la documentación que pruebe
cumplidamente tal representación, junto con una copia del D.N.I. o cualquier otro
documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos del
representante, hasta las 23:59 del día 9 de mayo de 2024.
Una vez que el accionista haya realizado el registro previo o el representante
haya acreditado su delegación e identidad, con arreglo a los medios indicados y en
el plazo establecido, podrá asistir y votar en la Junta General a través de medios

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