SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1066)
GOMA CAMPS, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PAPELERA DE LA RIBA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 63

Lunes 1 de abril de 2024

Pág. 1391

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1066

GOMA CAMPS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PAPELERA DE LA RIBA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que el Accionista
Único de "GOMA CAMPS, S.A.U." (la "Sociedad Absorbente") y el Accionista
Único de "Papelera de La Riba, S.A.U." (la "Sociedad Absorbida") en ejercicio de
las competencias propias de la Junta General, por acuerdos adoptados en fecha
26 de marzo de 2024, ha aprobado la fusión por absorción de "Papelera de La
Riba, S.A.U." (Sociedad Absorbida) por parte de "GOMA CAMPS, S.A.U."
(Sociedad Absorbente), de la que la Sociedad Absorbente adquirirá, por sucesión
universal, el patrimonio, así como todos los derechos y obligaciones afectos al
mismo, quedando la Sociedad Absorbida disuelta sin liquidación como
consecuencia de la referida operación de fusión, circunstancia que conllevará la
extinción de la misma. Todo ello, en los términos y condiciones expuestos en el
Proyecto Común de Fusión redactado, en fecha 12 de marzo de 2024, por el
órgano de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, sirviendo
como base de la operación los balances de las sociedades cerrados a 31 de
diciembre de 2023.
La fusión se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones del artículo
53 del RDL 5/2023, por tratarse de una fusión por absorción de sociedades
íntegramente participadas al ser la Sociedad Absorbente el accionista único de la
Sociedad Absorbida, constituyendo un supuesto asimilado al procedimiento de
absorción de sociedades íntegramente participadas.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 13 del RDL 5/
2023, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las sociedades partícipes en la fusión de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados y de los balances de fusión aprobados por cada una de
las sociedades, los cuales se encuentran a disposición en los respectivos
domicilios sociales.
Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores de cada una de
las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, durante el plazo de un
mes contado desde la fecha de publicación del proyecto de fusión de acuerdo con
el artículo 13 del RDL 5/2023.
La Riba (Tarragona), 27 de marzo de 2024.- El Administrador único de ambas
sociedades, D. Maties Gomà-Camps Reboltós.
cve: BORME-C-2024-1066
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240013888-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958