SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-1044)
VIDRALA, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 27 de marzo de 2024

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accionista que emita su voto a distancia por correspondencia será considerado
como presente a los efectos de la constitución de la Junta General.
Representación y/o voto por medios electrónicos. Los accionistas podrán
conferir su representación o votar a través de los medios electrónicos disponibles
en la página web de la Sociedad, accediendo al espacio destinado al tal efecto
antes de las 24 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta
General en primera convocatoria, es decir, antes de las 24 horas del día 29 de abril
de 2024. Para ello será necesario disponer de una firma electrónica reconocida, en
los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica,
siempre que esté basada en un certificado electrónico reconocido respecto del cual
no conste su revocación y que (a) sea un Certificado Electrónico de Usuario
emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente
de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o (b) se halle incorporado al
Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real
Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del
Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. En el día
y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán
identificarse con su Documento Nacional de Identidad para que la Sociedad pueda
validar la representación conferida.
Delegación y voto en el supuesto de complemento de convocatoria. Si se
publicase un complemento a la presente convocatoria como consecuencia del
ejercicio del derecho a incluir nuevos puntos en el orden del día que corresponde a
accionistas que representan al menos el tres (3%) por ciento del capital social, los
accionistas que hubiesen delegado su representación o que hubieran emitido su
voto antes de la publicación de dicho complemento podrán:
(a) conferir de nuevo la representación con las correspondientes instrucciones
de voto, o emitir de nuevo el voto, respecto de la totalidad de los puntos del orden
del día (incluyendo tanto los puntos iniciales como los nuevos puntos incorporados
mediante el complemento), en cuyo caso se entenderá revocada y quedará sin
efecto alguno la representación otorgada o el voto emitido con anterioridad; o
(b) completar las correspondientes instrucciones de voto al representante
inicialmente designado (debiendo ser éste el mismo no pudiendo designarse otro)
únicamente respecto de los nuevos puntos del orden del día incorporados
mediante el complemento, todo ello de conformidad con los procedimientos y
métodos mencionados en los apartados anteriores, y por el mismo medio
empleado en la delegación conferida o el voto emitido originalmente.
En el supuesto de que el accionista hubiese emitido el voto a distancia antes
de la publicación del complemento y no realizara ninguna de las actuaciones
señaladas en los apartados (a) y (b) anteriores se entenderá que se abstiene
respecto de dichos nuevos puntos.
Protección de datos de carácter personal. Los datos de carácter personal que
los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de
asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las
entidades de crédito y sociedades y agencias de valores en las que dichos
accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente
habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta (IBERCLEAR),
serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de
la relación accionarial existente.
Asimismo, se informa a los accionistas que la normativa relativa al tratamiento
de datos de carácter personal se encuentra disponible en http://www.vidrala.com/
es/politica-privacidad.html. Dichos datos se incorporarán a un fichero informático

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Núm. 62