SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1026)
VERAZONE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) APARTAMENTOS EL BIBIO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) MASBIBIO INVEST, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 61

Martes 26 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1026

VERAZONE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
APARTAMENTOS EL BIBIO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
MASBIBIO INVEST, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión
redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes
en la fusión con fecha 1 de marzo 2024, y la fusión se realiza de conformidad con
lo previsto en el artículo 56.1 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en
la que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están íntegramente
participadas de forma directa por el mismo Socio Único. En consecuencia, no
resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las
menciones 3, 5, 6 y 7 del artículo 40 de la Ley (ii) los informes de Administradores
y expertos sobre el Proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad
Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de las
Sociedades Absorbidas. Habiéndose adoptado las decisiones (acuerdos) de fusión
por las sociedades intervinientes en la fusión por decisión de su respectivo (mismo)
Socio Único, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que las
decisiones (acuerdos) de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad
de cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de
acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, la decisión (acuerdo) de
fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los
documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el
proyecto de fusión.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de
fusión. De acuerdo con el artículo 13 de la Ley, los acreedores de cada una de las
sociedades podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo que resulten
de aplicación, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último
anuncio de fusión.

cve: BORME-C-2024-1026
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la "Ley"), se hace
público que el día 15 de marzo de 2024, la mercantil Luis Masaveu Capital
Unipessoal, L.D.A. (antes denominada Masaveu Capital, S.L.), la cual ostenta la
condición de Socio Único de Verazone, S.L.U. (Sociedad Absorbente) de
Apartamentos el Bibio, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y de Masbibio Invest, S.L.U.
(Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus respectivas competencias de Junta
General, Extraordinaria y Universal de cada una de las sociedades intervinientes,
ha adoptado la decisión de aprobar la fusión por absorción por parte de Verazone,
S.L.U. (Sociedad Absorbente) de Apartamentos el Bibio, S.L.U. (Sociedad
Absorbida) y de Masbibio Invest, S.L.U. (Sociedad Absorbida), sobre la base del
proyecto común de fusión de fecha 1 de marzo2024, con disolución sin liquidación
de la Sociedades Absorbidas, y adquisición por sucesión universal de su
patrimonio por la Sociedad Absorbente.