SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1020)
COMPLIFE IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) METHODEX, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 61

Martes 26 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1020

COMPLIFE IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
METHODEX, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace
público que el día 21 de marzo de 2024, el socio único de COMPLIFE IBERIA,
S.L.U. (Sociedad Absorbente) y el socio único de METHODEX, S.L.U. (Sociedad
Absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y
Universal, han aprobado y por unanimidad la decisión de aprobar la fusión por
absorción por parte de COMPLIFE IBERIA, S.L.U., de su sociedad íntegramente
participada METHODEX, S.L.U. (Sociedad Absorbida), sobre la base del proyecto
común de fusión de fecha 21 de febrero de 2024 con disolución sin liquidación de
la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la
sociedad absorbente.
La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión
redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes
en la fusión con fecha 21 de febrero de 2024, y la fusión se realiza de conformidad
con lo previsto en el artículo 53 de la Ley al tratarse de una fusión por absorción en
la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las
participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida.

Habiéndose adoptado las decisiones (acuerdos) de fusión por las sociedades
intervinientes en la fusión por decisión de sus socios, ejerciendo las facultades de
la Junta General, resulta que las decisiones (acuerdos) de fusión se adoptaron en
Junta universal y por unanimidad de cada una de las sociedades participantes en
la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la
Ley, la decisión (acuerdo) de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o
depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
Administradores sobre el proyecto de fusión. Conforme a lo establecido en el
artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los
socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las
decisiones adoptadas y el Balance de fusión.
Barcelona, 21 de marzo de 2024.- El Administrador único de Complife Iberia,
S.L.U., y Administrador único de Methodex, S.L.U, Javier Castaño Navas.
ID: A240012878-1

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En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el
Proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 6 y 7 del artículo 40 de la Ley (ii) los
informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión (iii) el aumento
de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta
General de la Sociedad Absorbida.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958