SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-983)
REPSOL, SOCIEDAD ANÓNIMA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 60

Lunes 25 de marzo de 2024

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que se reciban en la Sociedad con el nombre del representante en blanco; (ii) la
impartición de instrucciones precisas de voto consistentes en votar a favor de las
propuestas de acuerdo formuladas por el consejo de administración en el supuesto
de que no se marquen específicamente las casillas de instrucciones de voto; (iii) la
extensión del apoderamiento a las propuestas de acuerdo no formuladas por el
consejo de administración y a asuntos no comprendidos en el orden del día que
puedan tratarse en la Junta, así como a las instrucciones de voto respecto de
dichos asuntos; y (iv) la necesaria comunicación al representante de la delegación
conferida así como a la Sociedad del nombramiento de representante o de su
revocación.
Para su validez, la representación conferida por correspondencia postal, por
correo electrónico o por medios electrónicos a través del apartado "votación y
delegación electrónica" de la Plataforma de Participación deberá recibirse por la
Sociedad antes de las 24:00 horas (Central European Summer Time) del día 8 de
mayo de 2024.
En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados
deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o cualquier
otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la
Sociedad pueda comprobar la delegación conferida, acompañando las tarjetas de
asistencia, delegación y voto a distancia o copia o una impresión del justificante
electrónico de dicha delegación, según sea el caso.
3. Reglas comunes al voto y delegación a distancia
(i) Confirmación del voto o delegación a distancia
La validez del voto emitido y de la representación conferida por medios de
comunicación a distancia queda sujeta a la comprobación de los datos facilitados
por el accionista con el fichero facilitado por Iberclear. En caso de divergencia
entre el número de acciones comunicado por el accionista que confiere la
representación o emite su voto por medios a distancia y el que conste en el citado
fichero de Iberclear, prevalecerá, a efectos de quórum y votación, el número de
acciones facilitado por Iberclear.
(ii) Reglas de prelación

En caso de que un accionista ejerciese válidamente tanto el voto a distancia
como la delegación prevalecerá el primero. Asimismo, el voto emitido por medios
electrónicos mediante el apartado "votación y delegación electrónica" de la
Plataforma de Participación prevalecerá frente al remitido por correspondencia
postal o correo electrónico. Del mismo modo, la delegación conferida por medios
electrónicos mediante el apartado "votación y delegación electrónica" de la
Plataforma de Participación prevalecerá frente a la remitida por correspondencia
postal o correo electrónico o frente a la remitida por el propio representante a
través del apartado "asistencia telemática" de la Plataforma de Participación.
El voto emitido y la representación conferida mediante el apartado "votación y
delegación electrónica" de la Plataforma de Participación podrán dejarse sin efecto
por revocación expresa del accionista, efectuada por el mismo medio.
Si la Sociedad recibiera por correspondencia postal o correo electrónico dos o
más votos por parte de un mismo accionista prevalecerá el voto que se hubiera

cve: BORME-C-2024-983
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La asistencia física o telemática a la Junta del accionista que hubiera delegado
o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio empleado, dejará sin
efecto dicha delegación o voto. Asimismo, la asistencia física a la Junta hará
ineficaz la asistencia telemática.