SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-960)
METROVACESA, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Viernes 22 de marzo de 2024

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Sociedad (www.metrovacesa.com) acreditando su identidad, mediante alguno de
los siguientes medios: (i) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) un
certificado electrónico emitido al efecto por la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre, u otra entidad con similares características de Certificación, respecto del
cual no conste su revocación; o (iii) las credenciales de "usuario y clave" que el
accionista o su representante recibirá en su dirección de correo electrónico, tras la
verificación de su identidad y su condición de accionista o representante, a través
de un formulario especial de registro disponible la sección de la Junta General de
Accionistas de la página web corporativa.
La solicitud de credenciales de usuario/clave para poder emitir el voto a través
de medios electrónicos podrá realizarse hasta las 13:00 horas del día 29 de abril
de 2024.
Para su validez, el voto emitido por correo o por medios electrónicos habrá de
recibirse por la Sociedad antes de las 23:59 horas del día anterior al previsto para
la celebración de la Junta General. En caso contrario, el voto se tendrá por no
emitido.
Los accionistas con derecho de asistencia que emitan su voto a distancia en
los términos indicados, al amparo de lo previsto en los Estatutos Sociales, serán
considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General
de que se trate.
En los documentos en los que consten las representaciones para la Junta
General se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose
que, de no impartirse instrucciones expresas, el representante votará a favor de las
propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración sobre los
asuntos incluidos en el Orden del Día.
En el supuesto de que pudiera ser sometido a votación en la Junta cualquier
otro asunto que no figurase en el Orden del Día, siendo por tanto ignorado en la
fecha de la delegación, el representante deberá emitir el voto en el sentido que
estime oportuno atendiendo al interés de la Sociedad y de su representado.
El voto emitido a distancia quedará sin efecto:
1) Por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado
para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta.
2) Por asistencia personal (física o telemática) a la reunión del accionista que
lo hubiera emitido o de su representante.
3) Por la enajenación de las acciones con anterioridad a la celebración de la
Junta General que tuviera conocimiento la Sociedad.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de
Sociedades de Capital, se informa de que el Presidente de la Junta, así como
cualquier otro miembro del Consejo de Administración, pueden encontrarse en
conflicto de intereses con respecto (i) al punto Segundo (Examen y aprobación, en
su caso, de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el
ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023); y (ii) a los supuestos recogidos en los
apartados a), b), c) y d) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital
(nombramiento, reelección o ratificación de administradores, destitución,
separación o cese de administradores, ejercicio de la acción social de
responsabilidad y aprobación o ratificación de operaciones de la sociedad con el
administrador que se trate) que pudieran presentarse fuera del orden del día con
arreglo a la Ley. Además, el Consejero Delegado puede encontrarse en conflicto
de intereses con respecto al punto Sexto del orden del día (Aprobación de un plan

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Núm. 59