SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-924)
ENDESA, SOCIEDAD ANÓNIMA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 21 de marzo de 2024

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El Notario, los miembros del Consejo de Administración y el Secretario de la
Junta podrán asistir a la reunión presencial o telemáticamente, por
audioconferencia o videoconferencia.
IV. Derecho de asistencia y representación
Podrán asistir presencialmente a la Junta General los accionistas titulares de,
al menos, cien acciones, siempre que las tengan inscritas en el correspondiente
registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a su
celebración, esto es el 19 de abril de 2024, y se provean de la correspondiente
Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia, que emitirán las entidades
que lleven los registros contables y podrán ser utilizadas por los accionistas para
delegar la representación. Ello se entenderá sin perjuicio de los certificados de
legitimación emitidos de conformidad con los asientos del registro contable por la
entidad encargada o adherida correspondiente.
Los accionistas titulares de menos de cien acciones podrán asistir
telemáticamente (cumpliendo los requisitos que se detallan más adelante), votar a
distancia o delegar su representación en un accionista con derecho de asistencia
presencial, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la
misma situación hasta reunir al menos cien acciones, debiendo los accionistas
agrupados conferir su representación a uno de ellos. La agrupación deberá
llevarse a cabo con carácter especial para esta Junta y constar por escrito.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia (presencial o telemática)
podrá hacerse representar en la Junta por medio de otra persona, con arreglo a lo
establecido en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta
General.
En el caso de las delegaciones de voto remitidas a la Sociedad u otorgadas en
favor de sus Administradores o del Secretario del Consejo de Administración, ya
sea directamente o a través de las entidades depositarias de las acciones o
encargadas del registro de anotaciones en cuenta, se aplicarán, salvo indicación
contraria del accionista representado, las siguientes reglas:
1. Cuando el accionista que confiera su representación no indique otra cosa, se
entenderá que ha otorgado instrucciones precisas al representante para que vote a
favor de todas las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en
relación con los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria. En el
caso de que en la Junta General Ordinaria de Accionistas se voten propuestas de
acuerdo, fuera del orden del día, el representante ejercerá el voto en el sentido que
estime más favorable para los intereses del accionista representado.
En el caso de que accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del
capital social, hayan ejercido el derecho de solicitar un complemento de la
convocatoria o de presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos
ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta, la Sociedad
difundirá de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de
acuerdo y hará público un nuevo modelo de Tarjeta de Asistencia, Delegación y
Voto a Distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los
nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo, en los
mismos términos que los propuestos por el Consejo de Administración.
2. En el supuesto de que no se designe a la persona a quien se otorga la
representación, la misma se entenderá conferida al Presidente del Consejo.
3. Si el representante designado se encontrase legalmente en situación de
conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera
del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, y no contase con

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Núm. 58