SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-897)
SANDMAN CAPITAL PARTNERS, S.G.E.I.C., S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SANDMAN CAPITAL ADVISORS, E.A.F.I., S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 56

Martes 19 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

897

SANDMAN CAPITAL PARTNERS, S.G.E.I.C., S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SANDMAN CAPITAL ADVISORS, E.A.F.I., S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de
28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta
a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea ("Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que con
fecha 12 de marzo de 2024, se celebró Junta Universal de la Sociedad SANDMAN
CAPITAL PARTNERS, S.G.E.I.C., S.A.U., en la que se aprobó la fusión por
absorción de las entidades SANDMAN CAPITAL PARTNERS, S.G.E.I.C., S.A.U.
(Sociedad Absorbente) y SANDMAN CAPITAL ADVISORS, E.A.F.I., S.L.U.
(Sociedad Absorbida) por parte del Accionista Único, Dña. Cristina Marsal Périz,
con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, que
se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y
obligaciones a la Sociedad Absorbente, todo ello según los términos del proyecto
común de fusión, suscrito el día 4 de octubre de 2023 por los órganos de
administración de las sociedades que participan en la fusión.
La fusión se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Real
Decreto-ley 5/2023, por remisión del artículo 56 de la misma norma, al tratarse de
una fusión asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas y
pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones
especiales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley
5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos
exigidos por dicha norma, así como tampoco ha sido necesaria la aprobación de la
fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y
sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, para el
ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el
derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de
las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la
publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos
13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023.
Por último, se hace constar que la fusión está sujeta suspensivamente a su
autorización por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Barcelona, 12 de marzo de 2024.- Consejero Delegado de Sandman Capital
Partners, S.G.E.I.C., S.A.U. y Administrador Único de Sandman Capital Advisors,
E.A.F.I., S.L.U., Dña. Cristina Marsal Périz.
ID: A240011370-1
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Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social
de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, donde podrán consultarlos
o solicitar su entrega o envío gratuitos.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958