SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-892)
CERCENA INVESTMENTS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARPANI SOLAR 5, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 56

Martes 19 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

892

CERCENA INVESTMENTS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MARPANI SOLAR 5, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la
"LME"), se anuncia que el 14 de marzo de 2024, X-Elio Energy, S.L.U., el socio
único de Marpani Solar 5, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") y Marpani Solar 5,
S.L.U., el socio único de Cercena Investments, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"),
ejerciendo las competencias de la junta general, decidieron aprobar la fusión por
absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, quedando la
Sociedad Absorbente como sociedad resultante y con la consiguiente extinción sin
liquidación de las Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio
a la Sociedad Absorbente.
Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y suscrito
por el órgano de administración de las sociedades intervinientes el 14 de marzo de
2024 y aprobado en la misma fecha. Asimismo, se aprobaron los balances de
fusión cerrados el 31 de enero de 2024. Se hace constar, asimismo, que los
respectivos socios únicos, tanto de la Sociedad Absorbida como de la Sociedad
Absorbente, han aprobado la fusión y los correspondientes balances de fusión.
Esta operación es una fusión por absorción de sociedades sometida al régimen
del artículo 53 de la LME, por remisión del artículo 56.1 de la LME, ya que la
Sociedad Absorbida ostenta la titularidad del 100% de las participaciones sociales
de la Sociedad Absorbente. De conformidad con lo anterior, el proceso de
integración se realiza sin ampliación del capital social ni relación de canje.
Tampoco serán necesarios los informes de administradores ni de expertos sobre el
proyecto común de fusión. Asimismo, al ser adoptados los acuerdos de fusión por
el socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, es de
aplicación a la presente fusión el artículo 9 de la LME.

Madrid, 14 de marzo de 2024.- El representante persona física de X-Elio
Energy, S.L.U., administrador único de la Sociedad Absorbente (Cercena
Investment, S.L.U.) y de la Sociedad Absorbida (Marpani Solar 5, S.L.U.), Lluís
Noguera Pujol-Xicoy.
ID: A240011425-1

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Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las
sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13
de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del
último anuncio de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958