SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-869)
CODORNIU, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PARXET, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 55

Lunes 18 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

869

CODORNIU, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
PARXET, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones de las sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la
vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDME"), se
informa de que el Administrador Único de Codorníu, S.A. y el Administrador Único
de Parxet, S.A.U., con fecha 20 de diciembre de 2023 han aprobado el Proyecto
Común de Fusión por absorción (en adelante, el "Proyecto"), en virtud del cual
Codorniu, S.A. (en adelante también denominada "Sociedad Absorbente") absorbe
a la sociedad Parxet, S.A.U. (en adelante también denominada "Sociedad
Absorbida").
Siendo Codorniu, S.A. titular de la totalidad de capital social de Parxet, S.A.U.
serán de aplicación las disposiciones relativas a la absorción de sociedad
íntegramente participada que se recogen en el artículo 53.1 del RDME y, por lo
tanto, no es precisa la aprobación de la fusión por el accionista único de la
Sociedad Absorbida. Asimismo, al ser la Sociedad Absorbente titular de forma
directa de todas las acciones de la Sociedad Absorbida, y según lo dispuesto en el
artículo 55.1 del RDME no será necesaria la aprobación de la fusión por la Junta
General de la Sociedad Absorbente, sin perjuicio del derecho de los accionistas
que representen, al menos, el 1% del capital social de Codorniu, S.A. a exigir la
celebración de la junta de la Sociedad Absorbente para la aprobación de la fusión
en el plazo de un (1) mes desde la publicación del Proyecto, en los términos
previstos en el RDME.

Se deja constancia de que, habiendo transcurrido el plazo de un (1) mes
indicado en el artículo 7 y 55.1 del RDME y no habiendo ejercitado los accionistas
su derecho a exigir la celebración de la junta de la Sociedad Absorbente para la
aprobación de la fusión, ni habiendo recibido observaciones relativas al Proyecto
por parte de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la
Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, que pueden presentar,
respectivamente, a las sociedades participantes en la fusión, se deja constancia de
que el próximo día 20 de marzo de 2024 se procederá al otorgamiento de la
escritura de fusión en los términos indicados en el Proyecto (la "Escritura").
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDME, se deja
constancia del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto
íntegro del acuerdo adoptado en virtud de la Escritura y del balance presentado,
adjunto a dicha Escritura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del RDME, se deja constancia

cve: BORME-C-2024-869
Verificable en https://www.boe.es

En fecha se publicó en la página web de la Sociedad Absorbente el Proyecto y
el anuncio a los efectos del artículo 7 del RDME. En fecha 14 de febrero de 2024
se publicó en el BORME el depósito del Proyecto, a los efectos del artículo 7 del
RDME y, concretamente, a los efectos del apartado 7.4 RDME, al carecer la
Sociedad Absorbida de página web.