SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-761)
SAGLEI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FV RIOJA BAJA 2010, S.L.U. UNION DE PARQUES FOTOVOLTAICOS RIOJANOS, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 50

Lunes 11 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

761

SAGLEI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FV RIOJA BAJA 2010, S.L.U.
UNION DE PARQUES FOTOVOLTAICOS RIOJANOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace
público que, el día 8 de febrero de 2024, la Junta General Extraordinaria y
Universal de Saglei, S.L. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por
absorción, por parte de esta sociedad, de sus sociedades íntegramente
participadas Fv Rioja Baja 2010, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y Unión De Parques
Fotovoltaicos Riojanos, S.L.U. (Sociedad Absorbida).
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión,
redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes
en la fusión, con fecha 8 de febrero de 2024.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley,
al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular
de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de
las Sociedades Absorbidas. En consecuencia, no resulta necesaria para esta
fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del
artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el
informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad
Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las
Sociedades Absorbidas.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General
Extraordinaria y Universal de Saglei, S.L. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con
lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido
con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de
un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar
las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.
Logroño (La Rioja) a, 28 de febrero de 2024.- En calidad de Presidente del
Consejo de Administracion de Saglei, S.L. (Sociedad Absorbente) Alceo Cuatro,
S.L., representada por Felix Iglesias Martinez, y en calidad de Administrador Único
de Fv Rioja Baja 2010, S.L.U. y de Unión De Parques Fotovoltaicos Riojanos,
S.L.U. (Sociedades Absorbidas), Gustavo Alejandro Iglesias Herrero.
ID: A240009821-1
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Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones
adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958