SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-767)
KLOCKNER, S.A.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 50

Lunes 11 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS

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KLOCKNER, S.A.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023
de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el "RD-ley 5/
2023"), se hace público que –el día 6 de marzo de 2024– el accionista único de
KLOCKNER, S.A.U. (en lo sucesivo, "KLOCKNER"), esto es, la sociedad CUGAT
RENT, S.L., ha adoptado la decisión de transformar KLOCKNER en una sociedad
de responsabilidad limitada –conservando su personalidad jurídica–, de manera
que, una vez devenga eficaz la transformación pasará a denominarse
"KLOCKNER, S.L.U.". Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto de
transformación redactado y suscrito por el Administrador Único de la Sociedad el 6
de marzo de 2024 (el "Proyecto de Transformación").
En el marco de la transformación, el accionista único de KLOCKNER ha
aprobado asimismo el balance de transformación –cerrado el 31 de diciembre de
2023–, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20.3.1º y 23.2 del RD-ley 5/
2023, los nuevos estatutos sociales, en cumplimiento con los requisitos y
formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades
de responsabilidad limitada, la determinación del órgano de administración y
reelección del Administrador Único de KLOCKNER, la cancelación de las acciones
e inutilización de sus títulos representativos y la asunción de las participaciones
sociales por parte del socio único, siendo el valor nominal de las participaciones
igual al de las antiguas acciones. Al no haberse producido, con posterioridad al
balance de transformación, ninguna variación patrimonial significativa, no procede
aprobar ningún informe en relación con dichas modificaciones, ex artículo 20.3. 2º
del RD-ley 5/2023.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del RD-ley 5/2023, se hace
constar que, dado que la Sociedad es unipersonal, no resulta necesario la previa
publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni los restantes
documentos exigidos por la ley. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace
constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de
formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7.1.2º
del Real Decreto-ley 5/2023.

Barcelona, 7 de marzo de 2024.- Administrador Único, Don Alejandro Manuel
Padrós Roldán.
ID: A240010167-1

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Por último, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los
acreedores de KLOCKNER de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
por el accionista único, así como del balance de transformación y demás
información sobre la transformación de KLOCKNER, de acuerdo con lo recogido
en el artículo 10.1 del RD-ley 5/2023.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958