SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-754)
IDESA INGENIERIA MEDIOAMBIENTAL, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 49

Viernes 8 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

754

IDESA INGENIERIA MEDIOAMBIENTAL, S.L.

La junta general extraordinaria de socios, celebrada el día 19 de febrero de
2024, adoptó el acuerdo de aumentar el capital social de la sociedad en las
siguientes condiciones:
A) Aumento de capital social en una cifra máxima de setenta y cinco mil
cuatrocientos noventa y ocho euros (75.498,00€) mediante la emisión y puesta en
circulación de 301.992 nuevas participaciones de valor nominal cada una de ellas y
numeradas correlativamente del 100.799 al 402.790, ambos inclusive.
Las nuevas participaciones se emiten por su valor nominal de 0,25 euros y
podrán ser desembolsadas, bien por compensación de créditos, bien mediante
aportaciones dinerarias.
En caso de que el aumento quedara en parte no suscrito se considerará el
aumento incompleto quedando ampliado en la cuantía efectivamente suscrita.
B) Derecho de suscripción preferente: Se reconoce a los accionistas el derecho
a suscribir un número de las nuevas acciones en proporción al valor nominal de las
que poseen.
Plazo: Se establece el plazo de un mes para el ejercicio del derecho de
suscripción preferente desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción
de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil prevista por la Ley.
El derecho de suscripción preferente se entenderá ejercido cuando, dentro del
plazo establecido de un mes, el accionista interesado haya ingresado el importe
del nominal suscrito en la siguiente cuenta corriente bancaria propiedad de la
sociedad IBAN: ES20 0128 3314 3601 0000 3921.

C) Los socios presentes aceptan, por tanto, las dos vías de desembolso
propuestas en la convocatoria de la presente junta, de manera que, cuando cada
socio manifieste su voluntad de ejercer su derecho de suscripción preferente,
deberá indicar si lo hace mediante compensación de créditos o por aportación
dineraria. Se reitera el hecho de que cada socio podrá suscribir un máximo de
capital en relación al capital que ya ostente.
D) Los socios presentes acuerdan la modificación de los estatutos sociales de
la sociedad relativos al capital y su división en participaciones, pero la nueva
redacción se operará una vez finalizada la ampliación de capital social.
Sevilla, 19 de febrero de 2024.- Administrador único, Fernando Pérez Calleja.
ID: A240009700-1

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Acciones no suscritas: Se prevé el aumento incompleto, por lo que se aplicará
en este supuesto lo establecido en el artículo 311 del Real Decreto Legislativo 1/
2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Sociedades de Capital, por el cual cuando el aumento de capital no se haya
suscrito íntegramente dentro del plazo general de suscripción, entonces el capital
solo se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas; sin que se
reconozca a los socios que hayan ejercitado su derecho de suscripción por todas
las que poseían, el derecho de suscribirlas en una segunda vuelta.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958