SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-740)
SALITRE COSTA ADEJE, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) NIPÓN GOURMET, SOCIEDAD LIMITADA GODONARIOS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 48

Jueves 7 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

740

SALITRE COSTA ADEJE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NIPÓN GOURMET, SOCIEDAD LIMITADA
GODONARIOS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea(en adelante, "RDLME") y
disposiciones concordantes, se hace público que, el día 2 de marzo de 2024, la
Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de SALITRE COSTA ADEJE,
Sociedad Limitada (la "Sociedad Absorbente"), aprobó por unanimidad la fusión
por absorción de las Sociedades participadas al 100%, NIPÓN GOURMET,
Sociedad Limitada y GODONARIOS, Sociedad Limitada (las "Sociedades
Absorbidas"), con disolución y liquidación de éstas, y adquisición por sucesión
universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la sociedad
absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión
redactado y suscrito por los Administradores de todas las sociedades con fecha 4
de enero de 2024.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del RDLME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores a obtener el
texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los respectivos balances de
fusión.
Adeje, Santa Cruz de Tenerife, 6 de marzo de 2024.- Administradora solidaria
de las mercantiles Salitre Costa Adeje, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y
Nipón Gourmet, Sociedad Limitada y Godonarios, Sociedad Limitada (Sociedades
Absorbidas), Laura Martín Gutiérrez.
ID: A240009747-1

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Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por
absorción prevista en el artículo 34.2 del RDLME y de fusión simplificada prevista
en el artículo 53.1 del RDLME, al tratarse de una fusión de sociedades
íntegramente participadas de forma directa por la absorbente. En consecuencia, no
resulta necesario para esta fusión: a) el depósito previo del proyecto común de
fusión en el Registro Mercantil; b) la inclusión en el proyecto común de fusión de
las menciones relativas al tipo de canje de las participaciones, a las modalidades
de entrega de las acciones de la sociedad resultante a los socios de las
sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la
sociedad resultante, a la información sobre la valoración del activo y pasivo del
patrimonio de las sociedades que se transmiten a la sociedad resultante o a las
fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan; c) los informes de los
administradores y expertos sobre el proyecto de fusión; d) el aumento de capital de
la Sociedad Absorbente y e. la aprobación de la fusión por las juntas generales de
las sociedades absorbidas.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958