SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-683)
TARINAS TAX, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) GESTWAY EMPLOYERS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 44

Viernes 1 de marzo de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

683

TARINAS TAX, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GESTWAY EMPLOYERS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, se hacen públicos los siguientes acuerdos adoptados por los socios
de la sociedad TARINAS TAX, S.L., y los socios de la sociedad GESTWAY
EMPLOYERS, S.L., por acuerdo unánime de la Junta General Extraordinaria y
Universal de socios, reunidos en el domicilio social, en ambos casos el día 1 de
febrero de 2024:
1. Aprobar el proyecto de escisión formulado en fecha 15 de enero de 2024 de
la sociedad TARINAS TAX, S.L., por segregación de su rama de actividad
correspondiente a los servicios de asesoramiento y gestión laboral -que conforman
una unidad económica- para su traspaso en bloque por sucesión universal a la
sociedad GESTWAY EMPLOYERS, S.L., que adquiere por tanto los bienes,
derechos y obligaciones de la referida unidad económica, recibiendo la primera a
cambio participaciones de esta segunda sociedad, sin reducción de capital ni
disolución de la primera.
2. Aprobar como balances de escisión los cerrados a 31 de diciembre de 2023.
3. Aprobar las condiciones de la escisión, y entre ellas:
a. Aprobar que, a efectos contables, las operaciones de la sociedad escindida,
por lo que se refiere a la unidad económica segregada, se considerarán realizadas
por la sociedad beneficiaria de la escisión desde el día 1 de enero de 2024.
b. Dejar constancia de que no se atribuye ningún tipo de ventajas a favor de los
miembros de los órganos de administración, dirección, supervisión o control de las
sociedades que participan en la escisión, ni derechos especiales diferentes de las
participaciones asignadas a la sociedad escindida.
c. Aumentar el capital social de la sociedad beneficiaria de la escisión en
9.530,00 €, mediante la creación de 953 nuevas participaciones de 10,00 € de
valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 430,53 € por
participación; las 953 participaciones se asignan a la sociedad escindida.

De conformidad con el citado artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se
informa del derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las
sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de la escisión; así como la facultad que tienen los
acreedores de ejercitar los derechos a los que se refiere el artículo 13 del propio
Real Decreto-ley 5/2023, que deberá ejercitarse en el plazo de un mes desde la
fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
Mataró, 5 de febrero de 2024.- Como Representante persona física de la
sociedad administradora Tarinas Viladrich Advocats I Procuradors, S.L.P.;
Administradora única de Tarinas Tax, S.L., y como Administrador único de
Gestway Employers, S.L., Santiago Tarinas Salichs.
ID: A240008577-1

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d. Acoger la escisión al régimen fiscal especial previsto en la Ley del Impuesto
de sociedades, en su Capítulo VII del Título VII.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958