SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-624)
MAESCYNON, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), CORTIJO MANGAS, S.A. Y MANGAS CAMPO GIBRALTAR, S.A. (SOCIEDADES ABSORBIDAS).
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 40

Lunes 26 de febrero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

624

MAESCYNON, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), CORTIJO MANGAS,
S.A. Y MANGAS CAMPO GIBRALTAR, S.A. (SOCIEDADES
ABSORBIDAS).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 5/2023, de
28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace pública la aprobación en fecha 19 de febrero
de 2024 por el socio único de la "Maescynon, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), con
domicilio en Avenida Retamar nº69, Centro de Negocios Altos del Higuerón, oficina
16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga al
Tomo 6454, Folio 199, Hoja MA-179451, con NIF número B56727761, de la fusión
por absorción por la Sociedad Absorbente de "Cortijo Mangas, S.A.", con domicilio
social en Avenida Retamar nº69, Centro de Negocios Altos del Higuerón, oficina
16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga al
tomo 978, folio 173, hoja número MA-12616 y con NIF número A29365640; y
"Mangas Campo Gibraltar, S.A.", con domicilio en Avenida Retamar nº69, Centro
de Negocios Altos del Higuerón, oficina 16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita
en el Registro Mercantil de Málaga al tomo 1480, folio 43, hoja MA-3670 y con NIF
número A29412459 (las "Sociedades Absorbidas" y, junto a la Sociedad
Absorbente, las "Sociedades").
Así, la Sociedad Absorbente absorberá a las Sociedades Absorbidas, que se
extinguirán, traspasando en bloque su patrimonio – esto es, la totalidad de los
elementos que integran su activo y su pasivo – a la Sociedad Absorbente que,
como sucesora universal, se subrogará en todos los derechos y obligaciones de
las Sociedades Absorbidas. Se hace constar que, al estar las Sociedades
Absorbidas íntegramente participadas de modo directo e indirecto por la Sociedad
Absorbente, la fusión se acoge al procedimiento especial regulado en el artículo 53
RDL 5/2023.
En atención al artículo 10 RLD 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a
los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo
de fusión y los balances de fusión de las Sociedades.
Madrid, 19 de febrero de 2024.- Administrador Único común de las sociedades,
Ivor Edward Jones.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958